Ley  23891   HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
29-sep-1990

DEPORTES

MEDALLISTAS OLIMPICOS - PENSION VITALICIA

Publicada en el Boletín Oficial del 31-oct-1990    Número: 27000    Página: 2


Resumen:
CONSIDERANSE MAESTROS DE DEPORTE A QUIENES HAYAN LOGRADO TITULOSO OLIMPICOS, OTORGANDOSELES UNA PENSION MENSUAL Y VITALICIA.



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