Resolución
592/2021
MINISTERIO DE ECONOMIA
21-sep-2021
Publicada en el Boletín Oficial del 23-sep-2021 Número: 34755 Página: 36
Resumen:
FIJASE EN LA SUMA DE TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 3.500.000.000) EL LIMITE MAXIMO ANUAL PARA AFRONTAR LAS EROGACIONES QUE DEMANDEN LAS SOLICITUDES INTERPUESTAS EN EL MARCO DEL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO ARTICULO SIN NUMERO INCORPORADO A CONTINUACION DEL ARTICULO 24 DE LA LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TEXTO ORDENADO EN 1997 Y SUS MODIFICACIONES, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE ESTABLEZCA LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, ENTIDAD AUTARQUICA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, PARA LOS SALDOS ACUMULADOS QUE TENGAN COMO ORIGEN CREDITOS FISCALES CUYO DERECHO A COMPUTO SE HUBIERA GENERADO DURANTE EL 2020 Y PARA LOS GENERADOS ENTRE EL 1° DE ENERO DE 2018 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DEL MENCIONADO REGIMEN BAJO LOS LIMITES MAXIMOS APLICABLES A CADA AÑO.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.