Resolución  85/2018   SECRETARIA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
04-dic-2018

SECRETARIA GENERAL

FABRICANTES E IMPORTADORES DE VEHICULOS AUTOMOTORES LIVIANOS

Publicada en el Boletín Oficial del 06-dic-2018    Número: 34010    Página: 49


Resumen:
A PARTIR DE LOS SEIS (6) MESES DE PUBLICADA EN BOLETIN OFICIAL LA PRESENTE RESOLUCION, TODOS LOS FABRICANTES E IMPORTADORES DE VEHICULOS AUTOMOTORES LIVIANOS PERTENECIENTES A LAS CATEGORIAS M1 Y N1 DEFINIDAS EN EL ANEXO II DE LA DIRECTIVA 70/156/CEE Y POSTERIORES, DEBERAN EXHIBIR EN SUS SALONES Y PUNTOS DE VENTA, AL MENOS EL 15% DE AQUELLOS MODELOS QUE SE ENCUENTREN CERTIFICADOS EN EMISIONES DE CO2 Y CONSUMO DE COMBUSTIBLE CON CERTIFICADO DE EMISIONES GASEOSAS Y/O LICENCIA DE CONFIGURACION AMBIENTAL (LCA), CONFORME LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 2° Y 3° DE LA RESOLUCION MAYDS N° 797-E DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2017, CON UNA ETIQUETA INFORMATIVA DE EFICIENCIA ENERGETICA VEHICULAR REMOVIBLE Y/O PERMANENTE Y OTRA COMO INSERTO EN LA BIBLIOGRAFIA DE ABORDO, AMBAS CONFORME LA NORMA IRAM-AITA 10274 2DA PARTE. EN CASO DE PUNTO DE VENTA VIRTUAL OFICIAL DE LA MARCA, LA EXHIBICION DEBERA EFECTUARSE JUNTO A LA FICHA DEL PRODUCTO.



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Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).


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