Resolución
28/2018
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
16-feb-2018
Publicada en el Boletín Oficial del 19-feb-2018 Número: 33814 Página: 17
Resumen:
EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE MARZO DE 2018, ESTABLECIDO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 5º DE LA LEY Nº 27.426, SERA DE PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 7.660,42.-). EL HABER MAXIMO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE MARZO DE 2018 ESTABLECIDO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.417 SERA DE PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTIUNO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 56.121,65.-).
Esta norma modifica o complementa a 5 norma(s).