Resolución
108/2021
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
22-may-2021
Publicada en el Boletín Oficial del 27-may-2021 Número: 34665 Página: 5
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL HABER MINIMO GARANTIZADO VIGENTE A PARTIR DEL MES DE JUNIO DE 2021, DISPUESTO DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 26.417, SERA DE PESOS VEINTITRES MIL SESENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS ($23.064,70).
Esta norma modifica o complementa a 5 norma(s).