Resolución
109/2023
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
18-may-2023
Publicada en el Boletín Oficial del 22-may-2023 Número: 35175 Página: 12
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY N° 24.241 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2023, ES DE VEINTE CON NOVENTA Y DOS CENTESIMOS POR CIENTO (20,92%).
Esta norma modifica o complementa a 1 norma(s).