Disposición
8028/2020
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA
22-oct-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 26-oct-2020 Número: 34505 Página: 75
Resumen:
PROHIBESE LA COMERCIALIZACION EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL DEL PRODUCTO: “ACEITE DE OLIVA EXTRA VIRGEN PRIMERA PRENSADA EN FRIO, FINCA MENDOZA, ELABORACION ARTESANAL, SAN RAFAEL-MENDOZA”, POR CARECER DE AUTORIZACION DE ESTABLECIMIENTO Y DE PRODUCTO, RESULTANDO SER UN PRODUCTO EN CONSECUENCIA ILEGAL.
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.