Resolución
3/2024
GRUPO DEL MERCADO COMUN
10-abr-2024
Publicada en el Boletín Oficial del 07-oct-2024 Número: 35520 Página: 63
Resumen:
APROBAR EL “SUB-ESTANDAR 3.7.4 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA CITRUS SPP.(CITRICOS, FRUTA FRESCA) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR” QUE CONSTA COMO ANEXO Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. DEROGAR LA RESOLUCION GMC Nº 67/06.
Observaciones:
INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL POR EL ARTICULO 8º DE LA RESOLUCION 1017/2024 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, B.O. 07/10/2024, PAG. 61. VIGENCIA: DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 40 DEL PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO DE ASUNCION SOBRE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR - PROTOCOLO DE OURO PRETO - SUSCRIPTO POR LA REPUBLICA ARGENTINA, LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, EN LA CIUDAD DE OURO PRETO (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL), EL DIA 17 DE DICIEMBRE DE 1994, APROBADO POR LA LEY Nº 24.560.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).