Resolución
55/2003
ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
29-may-2003
Publicada en el Boletín Oficial del 01-jul-2003 Número: 30182 Página: 12
Resumen:
APLICASE A AGUAS ARGENTINAS S.A. UNA DE MULTA DE PESOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOS ($ 67.202.) POR HABER INCUMPLIDO CON LA OBLIGACION DE INFORMAR ADECUADAMENTE A ESTE ORGANISMO SOBRE ANOMALIAS DE CALIDAD DE AGUA, OBLIGACION REGLADA POR EL ULTIMO PARRAFO DEL INC. B) DEL NUMERAL 4.4.3 DEL CONTRATO DE CONCESION; ELLO, EN ATENCION A LA DETECCION, DURANTE EL MES DE JUNIO DE 2002 DE CONCENTRACIONES DE CROMO SUPERIORES AL LIMITE ESTABLECIDO, EN EL AGUA DE LA ESTACION ELEVADORA VILLA ADELINA (NUMERALES 13.10.10. 13.7 Y 13.10.5 DEL CONTRATO DE CONCESION APROBADO POR DTO. NRO. 787/93, MODIFICADO POR LA RESOLUCION NRO. 601/99 DE LA EX SECRETARIA DE RECURSO NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE (B. O. 5/8/99).
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.