Ley
25808
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
27-nov-2003
Publicada en el Boletín Oficial del 28-nov-2003 Número: 30287 Página: 1
Resumen:
MODIFICASE EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 25.584, ESTABLECIENDOSE QUE LOS DIRECTIVOS O RESPONSABLES DE LOS ESTABLECIMIENTOS OFICIALES Y PRIVADOS DE EDUCACION PUBLICA NO PODRAN ADOPTAR ACCIONES INSTITUCIONALES QUE IMPIDAN LA PROSECUCION NORMAL DE LOS ESTUDIOS A LAS ESTUDIANTES EN ESTADO DE GRAVIDEZ O DURANTE EL PERIODO DE LACTANCIA, Y A LOS ESTUDIANTES EN SU CARACTER DE PROGENITORES.
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