INMUEBLES

Ley N° 23.638

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a transferir un predio a la Dirección de Energía de la provincia de Buenos Aires.

 Sancionada: Setiembre 28 de 1988.

Promulgada: Octubre 21 de 1988.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con Fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a la Dirección de Energía de la Provincia de Buenos Aires, el dominio de un predio compuesto por una superficie de CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (46.619,08 m²) ubicado en la localidad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, registrado patrimonialmente en la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Salud y Acción Social, y cuyo detalle catastral es el que seguidamente se consigna:

a) Según plano 71-40-80 (Anexo I):

Parcela 2 de la Manzana 133 b):

DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CON VEINTIOCHO CENTÍMETROS (225,28 m.) de frente al Sur; lindando , con Avenida 2 en medio, con Manzanas 144 b) y 144 c): CUATRO METROS CON SEIS CENTIMETROS (4,06 m.) al Suroeste formando ochava; CINCUENTA Y CINCO METROS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS (55,37 m.) de frente al Oeste Noroeste; lindando con calle a ceder en medio, con remanente de la Chacra 133 y DOSCIENTOS TREINTA Y UN METROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (231,32 m.) al Nor-Noroeste: lindando con Parcela I de la Manzana 133 b).

Superficie: SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS (6.620,62 m²).

Dominio: Inscripto en el N° 11.443/904 del Partido de Mercedes.

Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 133, Manzana 133 b).

b) Según plano 71-38-80 (Anexo II):

Manzana 133 a):

CIENTO SESENTA Y SIETE METROS (167,00 m.)de frente al Nor-Noroeste; lindando con calle 8 en medio, con Manzana 125 J, 125 K y parte de la Chacra 126; SEIS METROS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS (6,71 m.)al Este, lindando con calle a ceder; CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS (165,37 m.) de frente al Sur, lindando, con calle a ceder al medio, con parcela I de la Manzana 133 b); CUATRO METROS CON CUATRO CENTIMETROS (4,04 m.)al Suroeste formando ochava; CUARENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS (43,52 m.)de frente al Oeste: lindando con calle a ceder en medio, con remanente de la Chacra 133 y TRES METROS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (3,89 m.) al Noroeste formando ochava.

Superficie: CUATRO MIL SETECIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (4.707,51 m²).

Dominio: Inscripto en el F° 326/927 del Partido de Mercedes.

Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 133, Manzana 133 a).

c) Según plano 71-39-80 (Anexo III):

Parcela I de la Manzana 133b):

DOSCIENTOS CUATRO METROS CON CUARENTA Y UN CENTIMETROS (204,41 m.) de frente al Norte; lindando, con calle cedida por plano 71-38-80 en medio, con Manzana 133 a); CUATRO METROS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS (4,28 m.)al Noroeste formando ochava; CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CON SESENTA CENTIMETROS (185,60 m.)de frente al Este; lindando, con Avenida 1 en medio, con manzanas 126 t) y 134; TRES METROS CON TREINTA Y DOS centimetros (3,32 m.)al Suroeste formando ochava; DOSCIENTOS TREINTA Y UN METROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (231,32 m.)al Suroeste; lindando con parcela 2 de la Manzana 133 b); CIENTO VEINTIOCHO METROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (128,44 m.)al Oeste; lindando, con calle a ceder en medio, con remanente de la Chacra 133 y CUATRO METROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (128,44 m.)al Noroeste formando ochava.

Superficie: TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (35.290,95 m²).

Dominio: Inscripto en el F° 327/927 del Partido de Mercedes.

Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 133, Manzana 133 b).

Art.2°- El detalle catastral del predio fue elaborado conforme a los planos de mensura que bajo las características 71-38-80, 71-39-80 y 71-40-80, fueron aprobados por la Dirección de Geodesía con fecha 19 de agosto de 1980 y que como Anexos I, II y III corren agregados.

Art.3°- La transferencia sin cargo del predio a que hacen referencia los artículos precedentes, se efectúa con el cargo de que el beneficiario proceda al emplazamiento del laboratorio de instrumentos eléctricos y la infraestructura del área de distribución del servicio eléctrico provincial - Mercedes.

Art.4°- Oportunamente el Poder Ejecutivo Nacional designará el funcionario que en nombre y representación del Estado Nacional Argentino estará facultado para suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio.

Art.5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- JUAN CARLOS PUGLIESE.- VICTOR H.MARTINEZ.- Carlos A. Bravo.- Antonio J.Macris.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.