INMUEBLES

Ley N° 24.223

Transfiérase a la Municipalidad de Río Gallegos el dominio de una fracción de terreno propiedad del Estado Nacional.

Sancionada: Junio 16 de 1993.

Promulgada de Hecho: Julio 21 de 1993.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Transfiérase a título gratuito a la Municipalidad de Río Gallegos, el dominio de la fracción de terreno denominado Polígono 3, propiedad del Estado Nacional con afectación al Ministerio de Defensa (Estado Mayor General de la Armada), que abarca una superficie según plano de mensura N° 113-M-76, de cincuenta y cinco hectáreas, ochenta áreas, una centiárea y dos mil quinientos centímetros cuadrados (55 ha., 80 a., 1 ca. y 2500 cm2) y cuyos datos catastrales están identificados como Polígono 3, circunscripción V, rural de la ciudad de Río Gallegos del departamento I (Guer Aike), matrícula 3993. Los antecedentes dominales están inscriptos en el T° 68 – F 198 – Fca. 15,266 de la Escribanía Mayor de Gobierno de la provincia de Santa Cruz.

ARTICULO 2º — La transferencia dispuesta en el artículo anterior es con el cargo de destinarlo a barrios de viviendas e infraestructura educativa, sanitaria, comunales y de servicios a la comunidad.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.