CONVOCATORIA ELECTORAL

Decreto 312/94

Amplíanse plazos fijados por el Decreto N° 2754/93

Bs. As., 1/3/94;

VISTO la ley N° 24.309, el decreto N° 2754 del 30 de diciembre de 1993 y lo propuesto por el MINISTERIO DEL INTERIOR, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la ley mencionada se declaró la necesidad de la reforma parcial de la Constitución Nacional, facultando al Poder Ejecutivo Nacional a efectuar la correspondiente convocatoria en todo el territorio de la Nación.

Que, por el Decreto N° 2754/93, se fijó el 10 de abril de 1994 para la elección de los convencionales constituyentes, estableciéndose el cronograma electoral para dar efectivo cumplimiento a la convocatoria y al acto comicial dispuesto.

Que a fin de asegurar la armonización del proceso electoral nacional con los que importantes distritos electorales están realizando simultáneamente para elegir convencionales constituyentes provinciales a fin de modificar sus propias constituciones, resulta necesario ampliar los plazos fijados por el Decreto N° 2754/93.

Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el artículo 8 de la Ley N° 24.309.

Por ello,

EL PRESIDENTE PROVISORIO DEL SENADO DE LA NACION EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1° – Prorróganse, por el término de noventa y seis (96) horas, los plazos del cronograma electoral establecido en el Anexo II del decreto 2754 del 30 de diciembre de 1993, con excepción de la fecha dispuesta por el artículo 1 del citado decreto.

Art. 2.– Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM – Carlos F. Ruckauf.