SESIONES EXTRAORDINARIAS

Decreto 73/2005

Amplíase el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación.

Bs. As., 2/2/2005

En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución de la Nación Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

ANEXO

TEMAS PARA LAS SESIONES

EXTRAORDINARIAS DEL

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION

1.- Proyecto de Ley mediante el cual se establece el régimen al que quedarán sujetos los Bonos del Estado Nacional que no hayan sido presentados al canje establecido en el Decreto N° 1735/04.

2.- Proyecto de Ley por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo nacional a mantener por el plazo de diez años los objetivos y finalidad perseguidos por el acuerdo de abastecimiento de gas propano para redes de distribución de gas propano indiluido, para financiar obras de ampliación del sistema del transporte de gas natural.

3.- Proyecto de Ley tendiente a facilitar el abastecimiento de gas oil.