MINISTERIO DEL INTERIOR

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Resolución N° 243/2006

Bs. As., 10/2/2006

VISTO la Ley N 17.671, sus modificatorias y concordantes, la Resolución RNP Nº 735 del 29 de octubre de 2002 y la Resolución RNP Nº 143 del 28 de enero de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las recientes exigencias de personal necesario para refrendar Documentos Nacionales de Identidad destinados a Residentes Extranjeros, corresponde incluir en el Anexo IV de la Resolución RNP Nº 735/02 al agente Gabriel Enrique CANDAL (M.I. Nº 12.692.465).

Que se estima conveniente dejar sin efecto la autorización para el refrendo de Documentos Nacionales de Identidad de la agente María del Carmen DIAZ ( M.I. Nº 14.080.172) del Anexo III, y autorizarla a refrendar Documentos Nacionales de identidad destinados a Residentes Extranjeros de acuerdo a las pautas fijadas en el Anexo IV de la Resolución RNP Nº 735/02.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que emanan de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el Anexo III de la Res 735/02 por el siguiente:

NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR EXCLUSIVAMENTE LA CONFECCION Y ENTREGA DE D.N.I, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS Nº 3º, 11 Y 12 DE LA RESOLUCION Nº 735/02, CORRESPONDIENTE A CIUDADANOS NATIVOS, POR OPCION Y/O NATURALIZADOS

ARTICULO 2º — Sustitúyese el Anexo IV de la Resolución RNP Nº 735/02 por el siguiente:

NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y/O AGENTES DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS AUTORIZADOS A REFRENDAR EXCLUSIVAMENTE LA CONFECCION Y ENTREGA DE D.N.I, DE CONFORMIDAD A LOS ARTICULOS N° 40, 11 Y 12 DE LA RESOLUCION Nº 735/02, CORRESPONDIENTE A RESIDENTES EXTRANJEROS

ARTICULO 3º — Por el Departamento Secretaría General procédase a requerir a los agentes que carecen de firma autorizada a partir de la presente medida, la entrega de los sellos aclaratorios de firmas, procediendo a su guarda en dicho Departamento.

ARTICULO 4º — La presente Resolución será refrendada por los Señores Directores de Documentación, Recursos Humanos y Técnica Jurídica.

ARTICULO 5º — Por el Departamento Secretaría General, regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. EDUARDO FERMIN DESCALZO, Director Nacional, Registro Nacional de las Personas.

e. 16/2 N° 504.975 v. 16/2/2006