Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 1056/2006

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 de Radio Universidad Nacional del Litoral Sociedad Anónima, actuante en el área del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Bs. As., 21/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0472143/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2007 formulado por RADIO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.

Que la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1361 de fecha 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 de RADIO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA actuante en el área del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 2.882.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($ 2.776.500) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS ($ 105.500), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 2.882.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS ($ 2.850.500) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 31.500), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS CIENTO DOS MIL ($102.000) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($ 57.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2007 en PESOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($ 76.500), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

———

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar