Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 1058/2006

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 del Instituto Nacional de la Yerba Mate, actuante en el área del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 21/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0377847/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2007 formulado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 33 del Decreto Nº 1240 del 12 de julio de 2002 establece que el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE será remitido para su aprobación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL en los términos establecidos para las instituciones del Sector Público Nacional definidas en el inciso c) del Artículo 8 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la mencionada ley, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 del INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 9.900.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 9.852.693) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SIETE ($ 47.307), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 364.389) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS SETECIENTOS MIL ($ 700.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 2º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2007 en PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUATRO ($ 288.304), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.