COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS Ley 23.548
Resolución 113/2006
Ratifícase la Resolución de Comité Ejecutivo Nº 358 del 25 de octubre de 2006, en relación con el cálculo de distribución de la recaudación del Impuesto a las Ganancias, de conformidad con el Indice de Necesidades Básicas Insatisfechas.
Bs. As., 20/12/2006
VISTO:
La Resolución Nº 358 de Comité Ejecutivo de fecha 25 de octubre de 2006 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la citada Resolución el Comité Ejecutivo dispuso aprobar el cálculo de distribución de la recaudación del CUATRO POR CIENTO (4%) del Impuesto a las Ganancias, de conformidad con el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas, con destino a obras de infraestructura básica social, de acuerdo con la Planilla Anexa al artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 648 del 22 de mayo de 2006.
Que tal Planilla Anexa se incorporó al artículo 1º de aquélla Resolución, formando parte de la misma.
Que el nuevo cálculo de la distribución se realizó en base al Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2001.
Que la Resolución de Comité Ejecutivo fue precedida de sendos dictámenes de las Asesorías Jurídica y Financiera de la Comisión Federal de Impuestos.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11, inciso a), de la Ley 23.548 corresponde que sea ratificada por Resolución del Plenario de Representantes, sin perjuicio de su aplicación a partir del 26 de mayo de 2006 (artículo 1º de la Resolución de Comité Ejecutivo).
Que también en esta ocasión han sido oídas las Asesorías Jurídica y Financiera del organismo.
Por todo lo expuesto,
EL PLENARIO DE REPRESENTANTES DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Ratifìcase en su totalidad la Resolución de Comité Ejecutivo Nº 358 de fecha 25 de octubre de 2006, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
Artículo 1º: Apruébase el cálculo de distribución de la recaudación del CUATRO POR CIENTO (4%) del Impuesto a las Ganancias de conformidad con el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas, con destino a obras de infraestructura básica social, de acuerdo con la Planilla Anexa al artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 648 del 22 de mayo de 2006, que se incorpora a la presente como anexo, a partir del 26 de mayo de 2006.
Art. 2º — Notifíquese a todos los fiscos participantes y publíquese en el Boletín Oficial por un (1) día.
Lic. Alejandro Gallego - Vicepresidente; Débora M. V. Bataglini Secretaria Administrativa
Planilla Anexa
Jurisdicción |
En% |
CATAMARCA |
1,79205 |
CHACO |
8,14486 |
CHUBUT |
1,58366 |
CORDOBA |
9,91699 |
CORRIENTES |
6,65679 |
ENTRE RIOS |
5,10267 |
FORMOSA |
4,10228 |
JUJUY |
4 41253 |
LA PAMPA |
0,77045 |
LA RIOJA |
1,48283 |
MENDOZA |
6,07181 |
MISIONES |
6,55589 |
NEUQUEN |
2,00368 |
RIO NEGRO |
2,45554 |
SALTA |
8,52597 |
SAN JUAN |
2,70456 |
SAN LUIS |
1,43757 |
SANTA CRUZ |
0,5034 |
SANTA FE |
11,09174 |
SGO. ESTERO |
6,31599 |
T. DEL FUEGO |
0,35347 |
TUCUMAN |
8,01527 |
Total |
100 |
Art. 2º — Notifíquese a todos los fiscos participantes y publíquese en el Boletín Oficial por un (1) día.
Art. 3º — Fecho, regístrese y archívese. — Daniel R. Hassan. — Débora M.V. Bataglini.