MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 1033/2006

Registro N° 26/07

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el Expediente N° 1.139.262/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente N° 1.166.015/06, agregado como fojas 124 al principal, obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 201/92, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula 9° del Acta Acuerdo de fecha 29 de diciembre de 2.005, homologada mediante Resolución SECRETARIA DE TRABAJO N° 18/06, cuya copia fiel luce agregada a fojas 115/118 del Expediente de referencia, entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ello de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan incorporar al Anexo IV del Convenio Colectivo de Trabajo N° 201/92 las recomendaciones aprobadas por una Comisión Gremio-Empresa de Higiene y Seguridad Laboral, referidas a tareas en altura, las cuales han sido agregadas a fojas 3/26 del Expediente N° 1.166.015/06 antes referido.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo referido se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante emergentes de su personería gremial.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), encontrándose acreditada ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo la representación invocada por los firmantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 2 del Expediente N° 1.166.015/06, agregado como foja 124 al principal, como así las recomendaciones referidas a trabajos de altura que se incorporan como Anexo IV del Convenio Colectivo de Trabajo N° 201/92, obrantes fojas 2/26 del Expediente N° 1.166.015/ 06 antes referido, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo y las recomendaciones obrantes a fojas 2 y 3/26 del Expediente N° 1.166.015/06, agregado como fojas 124 al principal.

ARTICULO 3° — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para su notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 4° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.139.262/05

Buenos Aires, 3 de Enero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 1033/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente N° 1.166.015/06, agregado como fojas 124 al expediente de referencia, quedando registrado con el número 26/07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro Convenios Colectivos de Trabajo Dto. Coordinación D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de abril de 2006, se reúnen, por una parte, los Sres. Rogelio Rodríguez, Osvaldo Cástelnuovo y Julio Bustamante, en representación de la Federación de Obreros, Especialistas y Empleados de los Servicios e Industria de las Telecomunicaciones de la República Argentina (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), y por la otra parte la Sra. Claudia Romero Roura y los Sres. Juan Schaer y Rubén Rositto, en representación de TELECOM ARGENTINA S.A., quienes convienen lo siguiente:

En atención a lo establecido en la cláusula 9, inciso c de las actas acuerdo celebradas en fechas 29/12/2005 y 04/01/2006, acuerdan incorporar al anexo IV del CCT 201/92, la recomendación aprobada por la Comisión Gremio-Empresa de Higiene y Seguridad Laboral sobre tareas en altura, cuyo texto se adjunta a la presente.

En prueba de conformidad se firman 3 ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, pudiendo cualquiera de las partes solicitar la correspondiente homologación de parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.