MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 1016/2006

Registro N° 30/07

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el Expediente N° 1.194.845/06 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente N° 1.194.845/06 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (APM) y la empresa BAYER SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el acuerdo de marras, substancialmente, se conviene un ajuste salarial para los trabajadores de la empresa sobre los conceptos de Antigüedad, Comercialización y Tenencia de Muestras, conforme a las pautas consignadas en el mismo.

Que la vigencia está establecida a partir del 1 de octubre de 2006.

Que el ámbito personal y territorial de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia de la representatividad de las partes signantes del mismo.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por último correspondería, que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION AGENTES DE PROPAGANDA MEDICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (APM) y la empresa BAYER SOCIEDAD ANONIMA, glosado a foja 2 del Expediente N° 1.194.845/06.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a foja 2 del Expediente N° 1.194.845/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.194.845/06

Buenos Aires, 3 de Enero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 1016/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 30/07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro Convenios Colectivos de Trabajo Dto. Coordinación D.N.R.T.

En Buenos Aires, a los 31 días del mes de Octubre de 2006, se reúnen por una parte los Sres. Elías Carlos Orban LE N° 7.931.311 y Alfredo Bressan LE N° 8.261.077, ambos en su calidad de Delegados del Personal Agente de Propaganda Médica (APM) de la firma Bayer S.A., y el Sr. Juan José Giménez DNI N° 13.924.532, en su carácter de Secretario Gremial de la Asociación de Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina, (en adelante la representación sindical) y por la otra la el Dr. Enrique Gerber, DNI N° 21.391.525 en su carácter de Gerente de Relaciones Laborales y Compensaciones de Bayer S.A., (en adelante La Empresa), con domicilio en Ricardo Gutiérrez 3652, Munro, Pcia. de Buenos Aires.

La Empresa y la representación gremial, convienen en celebrar el siguiente acuerdo:

1. Con efecto al 01 de octubre de 2006, la Empresa otorgará a los trabajadores APM un ajuste salarial sobre los conceptos Antigüedad, Comercialización y Tenencia de Muestras, de acuerdo al siguiente detalle:

A) Por el concepto Antigüedad se abonarán en total $ 15 (quince pesos) por cada año trabajado al servicio de la Empresa, y hasta un tope máximo de 15 años.

B) Por el concepto Comercialización se abonarán en total $ 100 (cien pesos).

C) Por el concepto Tenencia de Muestras se abonarán en total $ 100 (cien pesos).

2. Las partes acuerdan que los incrementos resultantes del presente convenio, serán considerados como pagos a cuenta y absorberán hasta su concurrencia los futuros aumentos, sean éstos remunerativos o no, legales o convencionales que eventualmente pudieran acordarse u otorgarse a través de negociaciones paritarias o laudos.

3. Los incrementos sobre los conceptos mencionados precedentemente, resultantes de la aplicación de este acuerdo, serán liquidados bajo el concepto "Anticipo a Cta. Paritarias", y pagaderos a partir de la liquidación correspondiente al mes de Octubre de 2006.

De común acuerdo, ambas partes solicitan la homologación, por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la fecha y lugar arriba indicados.