MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución Nº 234/2007

Bs. As., 18/10/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0044699/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 908 de fecha 20 de diciembre de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 908 de fecha 20 de diciembre de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobó el Plan de Actividades básico para la ejecución del Plan Piloto elaborado en el marco de la Resolución Nº 255 de fecha 18 de abril de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Punto III.a. del Anexo aprobado por la citada Resolución Nº 908/06 determinó, entre las pautas para establecer una Red de Laboratorios, el requisito de ser jurídicamente independientes de la industria y la producción.

Que con fecha 23 de agosto de 2007 se suscribió una Manifestación de Acuerdo entre la industria y la producción del sector lácteo acerca de la necesidad de disponer de un número suficiente de laboratorios de análisis de leche cruda.

Que en tal marco, los firmantes solicitaron dejar sin efecto el Punto III.a. del mencionado Anexo.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en función de lo previsto en la Resolución Nº 255 de fecha 18 de abril de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y en el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Derógase el Punto III.a. del Plan de Actividades básico aprobado por el Anexo a la Resolución Nº 908 de fecha 20 de diciembre de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JAVIER M. de URQUIZA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

e. 25/10 N° 561.502 v. 25/10/2007