COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 7/2007
Establécese que durante el mes de enero de 2008 se suspenden los plazos procesales en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18.8.77.
Bs. As., 6/12/2007
VISTO y CONSIDERANDO:
Que algunas jurisdicciones adheridas han dispuesto la suspensión de los plazos procesales durante el mes de enero de 2008;
Que, con la finalidad de promover la armonización de la normativa procedimental en tal aspecto, resulta conveniente adoptar una decisión en el mismo sentido;
Que ha sido oída la Asesoría Jurídica,
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1º — Durante el mes de enero de 2008 se suspenden los plazos procesales en todas las actuaciones ante los Organismos del Convenio Multilateral del 18.8.77.
Art. 2º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese. — Juan M. Brandan. — Mario A. Salinardi.