RESTITUCION DE ESTANDARTES ESPAÑOLES A LA PROVINCIA DE MENDOZA

Ley 26.307

Restitúyese a la provincia de Mendoza las banderas españolas, que como trofeos de guerra correspondientes a la época de la emancipación argentina, le fueran donadas por el General Don José de San Martín y posteriormente puestas a disposición del Museo Histórico Nacional a los fines de su conservación en virtud del Acta suscripta entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Provincia de Mendoza el 15 de mayo de 1893.

Sancionada: Noviembre 14 de 2007

Promulgada de Hecho: Diciembre 17 de 2007

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

RESTITUCION DE ESTANDARTES ESPAÑOLES

A LA PROVINCIA DE MENDOZA

ARTICULO 1º — Restitúyese a la provincia de Mendoza las banderas españolas —trofeos de guerra correspondientes a la época de la emancipación argentina—, que le fueran donadas por el General Don José de San Martín en el año 1821 y posteriormente puestas a disposición del Museo Histórico Nacional a los fines de su conservación en virtud del Acta suscripta entre el Poder Ejecutivo nacional y la provincia de Mendoza el 15 de mayo de 1893.

ARTICULO 2º — La restitución dispuesta por la presente ley no dará lugar a reclamo económico alguno entre las partes por las erogaciones que se hubieren realizado durante el tiempo en que dichos estandartes estuvieron bajo custodia del Estado nacional, ni bajo ningún otro concepto.

ARTICULO 3º — La Nación y la provincia de Mendoza deberán celebrar la pertinente acta de restitución de las banderas dentro de los VEINTE (20) días posteriores a la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.307 —

ALBERTO E. BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.