MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

Resolución Nº 1604/2007

Bs. As., 2/10/2007

VISTO el Expediente Nº 8376 - Vs - 2007 del registro de la Dirección Nacional de Vialidad, y

CONSIDERANDO

Que es necesario consolidar la incorporación de la dimensión ambiental en la planificación global de la Red Vial Nacional, adecuando los instrumentos de gestión a la complejidad del escenario actual.

Que en el Expediente identificado en el visto se propicia la aprobación del Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales del Año 2007 (MEGA II).

Que el MEGA II tiene por objeto propiciar el fortalecimiento del marco regulatorio y de las acciones que desarrolla la DNV tendientes a la optimización de la Gestión Ambiental en el sector vial.

Que el Manual de Evaluación Y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA ’93) fue aprobado por Resolución Nº 1656/93 del 20 de septiembre de 1993, estableciéndose su vigencia obligatoria en todo el ámbito jurisdiccional de la DNV.

Que oportunamente el MEGA ‘93 fue actualizado denominándose entonces MEGA Actualizado Versión I - Año 2005, aprobado como parte de la documentación ad hoc en cada una de las licitaciones y contratos en que se aplicó.

Que con el MEGA ‘93 la DNV dio una primera respuesta, adecuada en su tiempo, a la preservación del medio ambiente.

Que desde la aprobación del MEGA "93 se ha evolucionado hacia un nuevo escenario, constituido por los avances tecnológicos, la evolución Institucional, la acumulación de experiencia durante más de una década y la mayor sensibilidad general frente al tema ambiental.

Que el MEGA II refleja la política ambiental de la Nación y de la DNV incorporando en su conjunto los objetivos de desarrollo sustentable en materia vial, el marco legal vigente a nivel nacional, la organización federal en relación a la participación de las autoridades ambientales provinciales donde se localiza el proyecto, en concordancia con la Constitución Nacional.

Que el MEGA II es una herramienta que brinda el marco técnico y de procedimientos para la consideración y aplicación de criterios ambientales en la planificación, proyecto, construcción, mantenimiento y operación de la Red Vial Nacional.

Que la importancia de la gestión ambiental dentro de la actividad vial hace necesario atribuir carácter normativo obligatorio a la documentación técnica denominada MEGA II.

Que la GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES, de ADMINISTRACION y la UCP – BIRF han tomado la intervención que les compete.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS se expidió a través del Dictamen Nº 27.747 de fecha 14 de septiembre de 2007.

Que la presente se emite en uso de las facultades conferidas por el Decreto - Ley Nº 505/58 ratificado por Ley Nº 14.467 y sus modificatorios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales del Año 2007 (MEGA II).

ARTICULO 2º — Disponer que el MEGA II se aplique obligatoriamente en todo el ámbito jurisdiccional de la DNV para la planificación, proyecto, construcción, mantenimiento y operación de la Red Vial Nacional y en toda otra obra que fuera financiada a través de la DNV.

ARTICULO 3º — Establecer que la presente entre en vigencia desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.

ARTICULO 4º — Autorizase la impresión, grabación y difusión de la Versión CD del MEGA II y la venta - a través de la GERENCIA DE ADMINISTRACION SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE APOYO, fijándose el precio de venta en PESOS TRESCIENTOS ($ 300.00), y que los importes recaudados por la misma ingresen en la Cuenta Corriente 2814/79 - Recursos Propios.

ARTICULO 5º — Publíquese la presente Resolución por 2 (dos) días en el Boletín Oficial de la Nación y posteriormente en la página WEB de la DNV.

ARTICULO 6º — Tómese razón, comuníquese e intervenga la GERENCIA DE ADMINISTRACION (SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS), quien efectuará las comunicaciones de práctica. Cumplido pase sucesivamente a las GERENCIAS DE PLANEAMIENTO, INVESTIGACION Y CONTROL, de OBRAS Y SERVICIOS VIALES y de ADMINISTRACION (SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE APOYO), a las Unidades UCP-BIRF, UC-BID, UCP-CAF y a la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS para su conocimiento. Posteriormente vuelva a la GERENCIA DE PLANEAMIENTO, INVESTIGACION Y CONTROL. — Ing. NELSON GUILLERMO PERIOTTI, Administrador General, Dirección Nacional de Vialidad.

e. 03/01/2008 Nº 567.998 v. 04/01/2008