MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1522/2007

Registro Nº 1610/2007

Bs. As., 6/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.245.126/07 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 8 del Expediente Nº 1.245.126/07, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SETIA) y la empresa TEXAMERI SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el contenido del mentado acuerdo está referido a una asignación extraordinaria no remunerativa por única vez, para el personal de la planta DON TORCUATO representado por el SETIA, pagaderos en las sumas y fechas consignadas en el mismo.

Que el ámbito personal y territorial de aplicación de lo pactado quedan circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de sus agentes negociales.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SETIA) y la empresa TEXAMERI SOCIEDAD ANONIMA obrante a foja 8 del Expediente Nº 1.245.126/07.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a foja 8 del Expediente Nº 1.245.126/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.245.126/07

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1522/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1610/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación – D.N.R.T.

ACUERDO DE ASIGNACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA

Entre el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines, representado en este acto por el Sr. Mauricio Anchava en su carácter de Secretario General, el Sr. Hugo Antonio Brugada, en su carácter de Secretario Gremial e Interior, y el Sr. Néstor Apecechea en su carácter de Asesor Gremial, por una parte, y los Sres. Carlos Baez en su carácter de Gerente de Recursos Humanos Apoderado y el Sr. Juan Carlos Molina en su carácter de Jefe de Recursos Humanos, ambos en representación de la empresa textil TEXAMERI S.A., con domicilio legal en la calle Alsina 1184, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y planta productiva en la Ruta 202 Nº 1787, localidad de Don Torcuato, Pcia. de Buenos Aires, por otra parte, convienen en celebrar el siguiente acuerdo aplicable al personal representado por la Comisión interna del establecimiento planta Don Torcuato, sujetándolo a las siguientes cláusulas;

1- La Comisión Interna ha expresado que reconoce que la empresa ha cumplido puntualmente con los aumentos de salarios convencionales, pero manifiesta su interés en que la Empresa considere la posibilidad de otorgar una ayuda especial a su personal con motivo de los recientes incrementos de precios inherentes a las fiestas de fin de año.

2- La empresa ofrece a los efectos de satisfacer la petición, una asignación extraordinaria no remuneratoria por única vez para el personal comprendido en el Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la planta Don Torcuato, la suma de pesos $ 450.-(cuatrocientos cincuenta), pagaderos de la siguiente manera:

• La suma de $ 225. (Pesos doscientos veinticinco), conjuntamente con el pago de las remuneraciones del mes de noviembre 07.

• La suma de $ 225.- (Pesos doscientos veinticinco), conjuntamente con el pago de las remuneraciones del mes de enero 08.

3- Ambas partes reconocen que atento el carácter de asignación no remunerativa otorgado al beneficio concedido, la suma será igual cualquiera sea la categoría convencional del trabajador o su correspondiente antigüedad.

3- Las partes de plena conformidad con el acuerdo arribado se comprometen a ratificar el mismo ante la autoridad administrativa del Ministerio de Trabajo y solicitan desde ya su homologación, acto al cual se supedita la vigencia del presente acuerdo.

4- En expresión de consentimiento y a un solo efecto las partes signan el presente pacto en Buenos Aires, a los 31 días del mes de octubre del año 2007.