MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 197/2008

Registro N° 169/2008

Bs. As., 22/2/2008

VISTO el Expediente N° 1.179.735/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 335 del Expediente N° 1.179.735/06, obra el Acuerdo celebrado entre la empresa ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA (HOSPITAL FRANCES) y la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FILIAL BUENOS AIRES), en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis de Empresas que establece la Ley N° 24.013.

Que las actuaciones de referencia se encuadraron en el plexo normativo citado.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que el acuerdo de referencia será como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Homologar el Acuerdo suscripto entre la firma ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA y la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FILIAL BUENOS AIRES), obrante a foja 335 del Expediente N° 1.179.735/06.

ARTICULO 2° — Registrar la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORINACION. Cumplido ello, pase a la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos a fin que registre el Acuerdo citado obrante a foja 335 del Expediente N° 1.179.735/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Cumplido, gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.179.735/06

Buenos Aires, 27 de febrero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 197/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 335 del expediente de referencia, quedando registrado con el N° 169/08. — P/a LUCIANA SALAZAR RIZZO.

EXPEDIENTE N° 1.179.735/06

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 17 horas del 7 de febrero de 2008, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO, por una parte y en representación de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FILIAL BUENOS AIRES), el Sr. Héctor DAER y por la ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA "HOSPITAL FRANCES" el Dr. Luis Ignacio BRUSCO en su carácter de Vice-Interventor, ambas partes con personerías ya acreditadas en autos.

Abierto el acto por el actuante, LAS PARTES ACUERDAN en los caracteres invocados y en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis del presente expediente una prórroga de la vigencia por los meses de diciembre de 2007, enero y febrero de 2008 del acuerdo arribado oportunamente en autos y homologado por Resoluciones de la Secretaria de Trabajo N° 814 del 15 de noviembre de 2006, N° 1222 del 16 de octubre de 2007 y con los alcances de lo acordado el 8 de noviembre de 2007 que fuera homologado por Resolución ST N° 1479 del 5 de diciembre de 2007.

Seguidamente, las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Leída y RATIFICADA la presente acta Acuerdo, las partes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.