MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 208/2008

Registro N° 162/2008

Bs. As., 22/2/2008

VISTO el Expediente N° 1.244.647/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 25.877, el Decreto N° 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo y del Anexo celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrantes a fojas 13/14 de autos, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que los presentes Acuerdo y Anexo son celebrados en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 379/04, suscripto entre las mismas partes.

Que en el acuerdo de referencia las partes convienen adelantar la vigencia del último aumento previsto para mayo de 2008, a partir de enero de 2008, conforme a la escala salarial obrante a fojas 13.

Que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad representada por la institución empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por último corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, a fin de evaluar la procedencia de modificar la fecha de vigencia del tope indemnizatorio homologado por Resolución S.T. N° 108/07.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el Acuerdo y el Anexo celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 379/04, obrantes a fojas 13/14 del expediente N° 1.244.647/07, conforme lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre los presentes Acuerdos y Anexos, obrantes a fojas 13/14 del expediente N° 1.244.647/07.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Remítase al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de modificar la fecha de vigencia del tope indemnizatorio homologado por RESOLUCION S.T. N° 108/07.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del presente Acuerdo y Anexo y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.244.647/07

Buenos Aires, 26 de febrero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 208/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 13/14 del expediente de referencia, quedando registrado con el N° 162/08. — P/a LUCIANA SALAZAR RIZZO.

EXPEDIENTE N° 1.244.647/07

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 días del mes de noviembre del año dos mil siete, siendo las 12,00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Departamento de Relaciones Laborales N° 2, ante el Secretario de Conciliación Lic. Luis BERMUDEZ, por una parte y en representación de la entidad gremial SMATA el Sr. Ricardo DE SIMONE en calidad de miembro del CD, el Sr. Daniel DRAGUN en calidad de Secretario de Interior y el Dr. Guillermo MORAN en calidad de Apoderado; por otra parte en representación de la empresa ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ACARA), el Dr. Eduardo Martín GOÑI en calidad de Apoderado, condición que acredita mediante copia simple del poder, que firma juramentando su validez, el Sr. Ricardo SALOME en calidad de Secretario General de ACARA; con el patrocinio letrado del Dr. Eduardo MENDEZ.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la palabra a las partes en forma conjunta, manifiestan que: agregan 2 fojas que refieren a la solicitud del SMATA de adelanto de vigencia del pago de incremento salarial, y la respuesta de ACARA. En este acto manifiestan que han arribado a un acuerdo de adelanto de la vigencia del último aumento previsto para mayo de 2008 para efectuarlo a partir de enero 2008 conforme escala que se adjunta.

No siendo para más, a las 12.30 horas se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, por ante mí, que para constancia CERTIFICO.