Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

ARANCELES

Disposición 1848/2008

Actualízase el monto del arancel correspondiente al trámite "Extensión de Testimonio para Exportar Productos Cosméticos".

Bs. As., 4/4/2008

VISTO, la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1303/07, la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1356/07, la Disposición A.N.M.A.T. Nº 2773/07, el expediente 1-47-5558-08-5 del registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1303/07 se modificaron los montos de los aranceles que devengarían los trámites efectuados ante esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) correspondientes a elaboración de drogas; extensión de testimonio para exportar productos; extensión de permiso de importación; control de psicotrópicos y estupefacientes; y sustancias de referencia, según el detalle consignado en el Anexo I de la aludida norma.

Que por Disposición A.N.M.A.T. Nº 1356/07, se sustituyeron los montos de los aranceles incluidos en la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1303/07, según el detalle consignado en el Anexo I de la misma norma.

Que por Disposición A.N.M.A.T. Nº 2773/07 se actualizó el monto del arancel correspondiente al trámite "Extensión de Testimonio para exportar Productos Cosméticos" (catalogado administrativamente como Código 307), cuya inclusión había sido omitida al momento del dictado de la Disposición A.N.M.A.T Nº 1303/07.

Que en tal sentido y teniendo en cuenta que el monto actual de dicho arancel ha perdido relación con los costos administrativos reales, corresponde emitir un nuevo acto administrativo a los fines de su actualización.

Que la Dirección de Coordinación y Administración, y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 253/08.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º — Actualízase el monto del arancel correspondiente al trámite "Extensión de Testimonio para Exportar Productos Cosméticos" en: PESOS DOSCIENTOS ($ 200.-).

Art. 2º — Regístrese, comuníquese a quien corresponda, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. — Ricardo Martínez.