MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución Nº 215/2008

Bs. As., 28/3/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0067639/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Contrato Modificatorio Nº 1 del Préstamo BID 1345/OC-AR, la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA Nº 113 y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVESION PUBLICA Y SERVICIOS Nº 202 del 18 de febrero del 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS tenía como objetivo la construcción de establecimientos escolares nuevos para atender la demanda insatisfecha y el reemplazo de aquellos cuyo grado de obsolescencia físico funcional represente riesgos para la seguridad, particularmente en los sectores de mayor riesgo social y educativo.

Que a partir del Contrato Modificatorio Nº 1 del Préstamo BID 1345/OC-AR, el Subprograma II es el sucedáneo operativo del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.

Que conforme lo establecido por Resolución Conjunta del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA Nº 113 y Nº 202 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS del 18 de febrero de 2005 que aprobó el Reglamento Operativo General del mencionado contrato la ejecución del Subprograma II es responsabilidad de la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que por el Artículo 2º del Decreto Nº 1142, de fecha 26 de noviembre de 2003, se aprobó como Anexo II, la Responsabilidad Primaria y las acciones de la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO actuante en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que conforme lo previsto en el Reglamento Operativo Particular, la gestión operativa, técnica y administrativa del mismo está a cargo de la UNIDAD EJECUTORA DEL SUBPROGRAMA II (UES II).

Que ello implica la continuidad de los procedimientos en trámite, aplicando las normas del Contrato de Préstamo y del Reglamento Operativo General y en su caso el Reglamento Operativo Particular, debiéndose asegurar el cumplimiento de los compromisos contraídos con las jurisdicciones.

Que en ese ámbito, en fecha 30 de junio de 2005 se celebró el Contrato de Locación de Obra para la Obra denominada: "Construcción de la Escuela a/c S/Nº en Barrio ROSARIO DE LERMA – Departamento ROSARIO DE LERMA - Provincia de SALTA’’ entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS con la Empresa CAMINOS SOCIEDAD ANONIMA por el monto total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2.452.978,92), y con un plazo de ejecución de obra de CUATROCIENTOS CINCUENTA (450) días corridos, contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Iniciación de Obra.

Que mediante Disposición Nº 470 de la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) de fecha 14 de noviembre de 2006 se rescindió el Contrato de Locación de Obra mencionado en el Considerando precedente, por culpa del Contratista, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 50 incisos a), b) y e) de la Ley Nacional de Obra Pública Nº 13.064.

Que por la citada Disposición se encomendó a la Coordinación Ejecutiva de Ia UES II la iniciación de las acciones conducentes a la inmediata continuación de la Obra, autorizándose, si fuere necesario, a encuadrarla en la excepción establecida por el Artículo 9º Inciso c) de la Ley Nº 13.064.

Que corresponde ratificar la Disposición Nº 470/06 de la UCPyPFE, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19 Inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que dada la importancia de la Obra, es necesario propender a la continuación de la misma, disponiendo las medidas conducentes al mejor logro de dicho cometido.

Que en fecha 15 de enero de 2007 la Unidad Operativa Local de la Provincia de SALTA tomó posesión de la Obra y realizó la Recepción Provisional de la misma.

Que el Area Técnica de la UES II en fecha 16 de enero de 2007, informó que la Obra: "...comienza a mostrar un deterioro considerable, producto de haber quedado inconcluso el sistema de aislamiento y protección a las acciones hídricas, viento e intemperie en general...’’ y recomienda que: "... se realicen las acciones necesarias a la brevedad posible que permitan la terminación de los trabajos inconclusos y evitar así un deterioro de la obra ejecutada hasta la fecha...’’.

Que el MINISTERIO DE EDUCACION de la Provincia de SALTA solicitó a la UES II: "... arbitrar las medidas necesarias a efectos de continuar con la construcción de la obra de la referencia en forma urgente, de manera tal de finalizar la misma antes del inicio del Ciclo lectivo 2007...’’.

Que la Municipalidad de ROSARIO DE LERMA comunicó a esta Unidad Ejecutora su voluntad de ejecutar la obra faltante, a cuyo fin presentó una propuesta económica equivalente al saldo de obra restante a ejecutar, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 1.151.446,00).

Que asimismo, obran en las actuaciones de referencia sendos presupuestos de empresas constructoras de la Provincia de SALTA, por montos superiores a la cotización presentada por la Municipalidad de ROSARIO DE LERMA.

Que por otra parte el mencionado Municipio destacó que: "... es de suma urgencia contar con el funcionamiento de este establecimiento educacional para cubrir las necesidades de la gran demanda de inscripciones de alumnos que se incrementa año a año...’’.

Que el Area Legal de la UES II ha emitido dictamen, considerando que: "... la Municipalidad de ROSARIO DE LERMA tiene capacidad legal para contratar la Obra de que se trata y que a mérito de los informes técnicos y demás antecedentes agregados no existiría óbice legal alguno a la contratación directa propuesta...’’.

Que por otra parte, el Coordinador Ejecutivo de la UES II en el Informe de fecha 30 de mayo de 2007 manifestó que: "... resulta acreditada la urgencia para contratar en forma directa los trabajos necesarios para la finalización de la Obra citada en los considerandos precedentes...’’.

Que el marco normativo aplicable es el Artículo 9º Inciso c) de la Ley Nº 13.064 y el Artículo 25 Inciso d) del Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 del "Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional».

Que el Area de Administración y Desembolsos de la UES II ha tomado intervención informando que existe crédito presupuestario disponible.

Que el Area de Contrataciones de la UES II ha analizado la propuesta económica, aprobado el procedimiento y expresado su conformidad con la contratación de la Obra.

Que por otra parte, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) mediante Nota CAR Nº 1.195 del 15 de marzo de 2007 manifestó que no tenía objeciones que formular a la rescisión culposa del Contrato de Locación de Obra que nos ocupa suscripto con la Empresa CAMINOS S.A., en el entendido que los gastos asociados a la conclusión de esta obra se financien con recursos de la contrapartida local.

Que en consecuencia, resulta procedente la contratación directa para la ejecución de los trabajos necesarios para la finalización de dicha Obra en el marco del Subprograma II "Expansión de la Infraestructura Escolar".

Que resulta necesario aprobar el Pliego del Programa Nacional 700 Escuelas, el presupuesto para la contratación de referencia y el modelo de contrato correspondiente.

Que también resulta conveniente autorizar al Arq. Ricardo Santocono, en su carácter de Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Subprograma II del Préstamo BID 1345/OC-AR, cuyas funciones fueran asignadas mediante Resolución Nº 411 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de fecha 15 de julio de 2004, a firmar el respectivo contrato.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.064, el Artículo 25 Inciso d) del Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y el Decreto Nº 238 de fecha 23 de junio de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Ratifícase la Disposición Nº 470 de fecha 14 de noviembre de 2006 de la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, que como ANEXO I, en copia autenticada forma parte integrante de la presente medida, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 19 Inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

ARTICULO 2º — Autorízase el procedimiento de contratación directa con la Municipalidad de ROSARIO DE LERMA, Provincia de SALTA, para la ejecución de los trabajos necesarios para la finalización de la Obra "Construcción Escuela a crear S/Nº en Barrio ROSARIO DE LERMA – Departamento ROSARIO DE LERMA - Provincia de SALTA’’.

ARTICULO 3º — Apruébase el Pliego del Programa Nacional 700 Escuelas para la contratación directa para la ejecución de los trabajos necesarios para la finalización de la Obra "Construcción Escuela a crear S/Nº en Barrio ROSARIO DE LERMA – Departamento ROSARIO DE LERMA – Provincia de SALTA’’ que como Anexo II se acompaña a la presente.

ARTICULO 4º — Apruébase el presupuesto de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 1.151.446,00) para ser aplicado a la ejecución de la contratación directa autorizada en la presente medida.

ARTICULO 5º — El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto para el Ejercicio 2008 del Programa 89, Jurisdicción 56 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 6º — Apruébase el modelo de contrato que como Anexo III se acompaña a la presente, estableciéndose que el mismo será suscripto entre la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO y el adjudicatario.

ARTICULO 7º — Autorízase al Arq. Ricardo Santocono L.E. 7.657.715, en su carácter de Coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Subprograma II del Préstamo BID 1345/0C-AR a firmar el respectivo contrato.

ARTICULO 8º — Notifíquese a la Municipalidad de ROSARIO DE LERMA y a la Unidad Operativa Local de la Provincia de SALTA a sus efectos.

ARTICULO 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro de Planificación Federal Inversión Publica y Servicios.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin sus Anexos. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767-Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.

e. 07/04/2008 Nº 574.986 v. 07/04/2008