MINISTERIO DE SALUD

Resolución Nº 390/2008

Bs. As., 13/5/2008

VISTO el Expediente Nº 2002-4495/08-1 y la Resolución Nº 1597/07 ambos del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución Ministerial Nº 58 de fecha 23 de enero de 2007 ha sido constituida en el ámbito de la ex SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS la Comisión de Trabajo "Salud de la Población de la Cuenca Matanza Riachuelo", con el objetivo de promover la articulación entre las jurisdicciones del Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, las del Gobierno de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y los gobiernos municipales correspondientes, a la asistencia sanitaria a la población de la Cuenca, entre otros.

Que mediante el Decreto Nº 1343 de fecha 4 de octubre de 2007, el PODER EJECUTIVO aprobó una nueva estructura organizativa del primer nivel operativo para el MINISTERIO DE SALUD, mediante la cual, entre otras cuestiones, se dispone la creación de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.

Que en ese contexto, se dictó la Resolución Nº 1597/07 que derogó la Resolución Nº 58/07 y constituyó en el ámbito de dicha Secretaría la citada Comisión de Trabajo "Salud de la Población de la Cuenca Matanza Riachuelo".

Que en fecha 18 de enero de 2008 el MINISTERIO DE SALUD y la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han firmado un Acta de Intención con el fin de brindar consistencia institucional a la estructura de las comisiones interjurisdiccionales que desarrollan sus funciones en el marco del Plan Integral de Saneamiento de la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo, y con el objetivo que la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de manera conjunta con la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, propicien el dictado de una resolución conjunta tendientes a enmarcar el funcionamiento de la Comisión Salud de la Población de la Cuenca Matanza Riachuelo en el esquema institucional de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, como ámbito natural de articulación de las políticas públicas vinculadas al saneamiento de dicho ámbito interjurisdiccional.

Que en virtud de lo expuesto, se dicta la presente resolución derogatoria.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la "Ley de Ministerios T.O. 1992", modificada por Ley Nº 26.338.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Derógase la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 1597 de fecha 29 de noviembre de 2007.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial. Cumplido archívese. — Lic. MARÍA GRACIELA OCAÑA, Ministra de Salud.

e. 20/05/2008 Nº 578.544 v. 20/05/2008