PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE CULTURA

Resolución Nº 2213/2008

Bs. As., 22/8/2008

VISTO el Expediente Nº 6215/2008 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y,

CONSIDERANDO,

Que por el Expediente Nº 6215/2008 se tramita la aprobación del Convenio Marco entre la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y la FUNDACION GAS NATURAL, para la realización de actividades conjuntas en el marco del programa IDENTIDADES PRODUCTIVAS.

Que dada la existencia de objetivos comunes entre la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION y la FUNDACION GAS NATURAL, es de interés compartir esfuerzos y recursos para lograr los objetivos establecidos por el programa IDENTIDADES PRODUCTIVAS.

Que la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, a través del programa IDENTIDADES PRODUCTIVAS, se propone fomentar la producción de base cultural, como sector económico sustentable, que valoriza la identidad cultural y, promueve la mejora de la calidad de vida de las distintas comunidades de nuestro país.

Que la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y la FUNDACION GAS NATURAL se proponen diseñar e implementar actividades de formación sobre técnicas de comercialización y exportación, para emprendedores y PYMES de base cultural en las provincias.

Que el mencionado Convenio Marco con la FUNDACION GAS NATURAL permite a la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION continuar con su política de democratizar el acceso a los bienes culturales, así como también dar un paso más en la consolidación de la articulación público-privada.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se encuadra dentro del Decreto Nº 392/86.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébese el Convenio Marco de Colaboración entre la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y la FUNDACION GAS NATURAL, que como Anexo I integra la presente medida.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JOSE NUN, Secretario de Cultura, Presidencia de la Nación.

CONVENIO MARCO

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 20 días del mes de agosto de 2008, entre la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, con domicilio en Av. Alvear 1690 de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por Dr. José Nun, en su calidad de Secretario de Cultura (en adelante "Secretaría de Cultura"), por una Parte; y por la otra la Fundación Gas Natural, con domicilio en la calle Isabel la Católica Nº 939 de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por Ing. Horacio Cristiani, en su calidad de Apoderado (en adelante "Fundación Gas Natural") y,

CONSIDERANDO:

(a) Que es objetivo de la Secretaría de Cultura generar acuerdos de colaboración entre el Estado, las empresas y la sociedad civil, a fin de complementar y potenciar esfuerzos y recursos, en la promoción de acciones en pos de la democratización del acceso a la cultura, las industrias culturales, el fortalecimiento del desarrollo cultural, social y económico de las distintas regiones del país.

(b) Que la Secretaría de Cultura desarrolla desde 2005 el programa Identidades Productivas, que tiene como objetivo principal fomentar la producción de base cultural, como sector económico sustentable, que valoriza la identidad cultural y, promueve la mejora de la calidad de vida de las distintas comunidades de nuestro país.

(c) Que la Fundación Gas Natural ha puesto en marcha el denominado "Programa Primera Exportación" (en adelante el "Programa"), consistente en brindar asesoramiento y tareas de apoyo técnico-administrativo, en forma gratuita, sobre la exportación de bienes y/o servicios, a todas aquellas personas físicas o jurídicas cuya estructura empresarial se corresponda con la de una Pequeña y Mediana Empresa (PyME), a efectos de que puedan, eventualmente, realizar la primera exportación de los bienes y/o servicios que producen.

(d) Que en ese contexto, la Fundación Gas Natural ha celebrado distintos Acuerdos de Colaboración con instituciones públicas y privadas que, en el ámbito de la República Argentina, desarrollan actividades vinculadas directa o indirectamente al comercio exterior, quienes han comprometido su apoyo al desarrollo del Programa.

(e) Que en la existencia de objetivos comunes entre la Secretaría de Cultura y la Fundación Gas Natural, se afirma el interés y la voluntad de compartir esfuerzos y recursos para fortalecer y fomentar la producción de base cultural.

(f) Que en el convencimiento de que iniciativas como el Programa resultan de suma importancia para impulsar una reactivación de la economía de la República Argentina, las Partes, manifestando poseer capacidad legal suficiente, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco, sujeto a las siguientes

CLAUSULAS Y CONDICIONES:

PRIMERA: La Secretaría de Cultura y la Fundación Gas Natural se comprometen a identificar, dentro de sus respectivas competencias, aquellas áreas de cooperación mutua para la realización de actividades y el intercambio de información y conocimiento, que contribuya al cumplimiento de los objetivos del Programa.

SEGUNDA: Ambas Partes realizarán, como consecuencia del presente Convenio Marco, acuerdos específicos en aquellas áreas que determinen como convenientes para el desarrollo del Programa. En tal sentido, se determinarán en los mencionados acuerdos, las obligaciones y facultades de cada Parte, así como también los resultados buscados con la suscripción de los mismos.

TERCERA: Este Convenio Marco comenzará a regir a partir del día de su firma y tendrá una duración de un (1) año. Su renovación será automática para cada año subsiguiente.

CUARTA: El presente Convenio Marco podrá ser rescindido por cualquiera de las Partes sin justificación alguna, mediante notificación fehaciente a la otra Parte con una antelación mínima de sesenta (60) días corridos. El uso del derecho de rescisión que se acuerda a cualquiera de las Partes, no generará ni dará derecho a reclamar a la otra suma indemnizatoria alguna.

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, recibiendo cada Parte el suyo, de lo que queda constancia a través de sus firmas.

e. 29/08/2008 Nº 7983/08 v. 29/08/2008