MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 796/2008

Registro Nº 607/2008

Bs. As., 17/7/2008

VISTO el Expediente Nº 1.254.043/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS - CAPITAL FEDERAL y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS, obrante a fojas 2 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traído a estudio estipula el pago de una suma no remunerativa y se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 527/08.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS - CAPITAL FEDERAL y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.254.043/07, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.254.043/07.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.254.043/07

Buenos Aires, 21 de julio de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 796/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 607/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de diciembre de 2007, se reúnen en la sede de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, representada por Blas Juan ALARI, José R. LUQUE, Alberto PORTO, Francisco V. ROMERO, Alberto J. CHAVEZ, Juaquín H. DIAZ, Mario FERNANDEZ y Mártires CUBILLA, en representación del Sindicato Obrero de la Industria del Papel, Cartón y Químicos (Capital Federal), el Señor Ricardo FERNANDEZ, y por la Cámara Argentina de Fabricantes de Productos Abrasivos, sita en Leandro N. Alem Nº 1067, el Dr. Jorge Luis BORTOLOTTI, el Señor Rubén Omar APOLONIO y el Dr. Miguel Angel SARDEGNA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo vigente, arriban al siguiente acuerdo:

1) Las empresas abonarán a todo el personal incluido en el convenio colectivo de trabajo vigente una suma no remunerativa, por única vez de $ 300 (pesos trescientos), pagadero en tres (3) cuotas iguales y consecutivas de $ 100 (pesos cien) cada una. El primer pago de $ 100 se efectuará con la primera quincena de enero de 2008, el segundo pago de $ 100 se hará efectivo con la segunda quincena de enero de 2008 y el tercer pago de $ 100 se abonará con la primera quincena de febrero de 2008.

2) Asimismo, las partes se comprometen a reunirse el día 6 de febrero de 2008 en la sede de la Cámara empresaria, a los efectos de tratar el artículo 2º, que establece la discusión de los valores de los salarios, adicionales y subsidios acordados en el convenio colectivo de trabajo vigente. De igual modo, las partes acuerdan que el resultado de estas negociaciones regirán desde el 1º de enero de 2008, aplicándose sobre las remuneraciones que estuvieran percibiendo los trabajadores al momento de alcanzarse el acuerdo.

3) Las partes establecen que el presente acuerdo será de aplicación inmediata, solicitándose la homologación del mismo ante la Autoridad Laboral Nacional, firmándose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.