MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1407/2008

Registro Nº 972/2008

Registro Nº 973/2008

Bs. As., 3/10/2008

VISTO el Expediente Nº 1.273.562/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13/14 y 30 del Expediente Nº 1.273.562/08, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES y la empresa DIARIOS Y NOTICIAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo, las partes convienen una recomposición salarial para el personal periodístico, administrativo y técnico, conforme surge del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES y la empresa DIARIOS Y NOTICIAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 13/14 y 30 del Expediente Nº 1.273.562/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 13/14 y 30 del Expediente Nº 1.273.562/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.273.562/08

Buenos Aires, 7 de Octubre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1407/08, se ha tomado razón de los acuerdos obrante a fojas 13/14 y 30 del expediente de referencia, quedando registrados con los Nº 972/08 y Nº 973/08 respectivamente. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación – D.N.R.T.

Buenos Aires, 16 de Mayo de 2008

Sr. Director Nacional de Relaciones del Trabajo

S / D

Los delegados de personal de Diarios y Noticias S.A. Santiago Magrone, Rodolfo Bernardez, Gerardo Héctor Pérez; y el Sr. Edgardo Miranda, en representación de U.T.P.B.A., con domicilio en Av. Julio A. Roca 636, ‘piso 8º, por una parte y por la otra el Dr. Rodolfo Guillermo Vedoya, Tº 20, Fº 383 (CSJN), constituyendo domicilio en Lavalle 1447, 4º "i" en representación de Diarios y Noticias S.A., ante el Sr. Director comparecemos y decimos.

Las partes manifiestan que, luego de las conversaciones mantenidas entre la empresa y la representación sindical de los trabajadores de Diarios y Noticias S.A., se acordó aplicar una recomposición salarial para el personal periodístico, administrativo y técnico en base a las siguientes modalidades:

a) Se incrementan los sueldos 20% en relación a la remuneración de enero de 2008, de acuerdo al siguiente esquema:

• 10 % con los haberes de abril;

• 5 % con los haberes de julio;

• 5 % con los haberes de setiembre.

Se adicionará un porcentaje extra para los redactores que no lleguen a setiembre a $ 2.500, remanente de tickets incluidos, para que alcancen ese nivel salarial. De esta forma, para quienes a enero de 2008 estuvieran percibiendo hasta $ 1.930 de sueldo, el incremento en la última cuota será de 8,15% (en lugar de 5 %).

En virtud de lo acordado, el mínimo para la categoría de Redactor a partir del mes de setiembre de 2008 será de $ 2.500, remanente de tickets incluidos.

Las partes aclaran que los trabajadores continuarán percibiendo los vales alimentarios por los montos oportunamente acordados, los que se irán incorporando en concepto de remunerativos de acuerdo con la Ley Vigente. Su pago deberá hacerse efectivo nunca después del día 17 de cada mes.

b) Todos los montos fijos asignados de modo permanente (plus laboratorio, plus guardia técnica) tendrán el mismo esquema de aumento que los salarios.

c) El concepto "antigüedad" pasará a $8 por año de antigüedad a partir del mes de abril y a $9 a partir del mes de setiembre.

d) Los conceptos salariales variables (reemplazos turnos redactores y jefatura, colaboraciones de corresponsales, días de viaje, etc.) se modifican de acuerdo al siguiente detalle:

• Turno reemplazo Redactor: de $ 120 a $ 135 a partir de 15/4; y de $ 135 a $145 a partir de 15/7.

• Reemplazo Jefatura (día normal): de $ 140 a $ 155 a partir de 15/4; y de $ 155 a $ 170 a partir de 15/7.

• Reemplazo Jefatura (día franco): de $ 210 a $ 230 a partir de 15/4; y de $ 230 a $250 a partir de 15/7.

• Corresponsales: de $ 50 a $ 60 a partir del 15/4.

• Días de viaje (día normal): de $ 60 a $ 75 a partir de 15/4.

• Días de viaje (día franco): de $ 100 a $ 120 a partir de 15/4.

El presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 28/02/09, comprometiéndose las partes a retomar conversaciones para analizar la situación salarial a partir del mes de febrero de 2009.

Los aumentos aquí dispuestos podrán ser incrementados por disposiciones expresas del Poder Ejecutivo.

Serán susceptibles de análisis previo al plazo del presente la ocurrencia de serias contingencias nacionales de carácter político socio económico. Las partes comprometen sus mayores esfuerzos para el mantenimiento de relaciones de buena fe y de crecimiento de la actividad.

Ambas partes solicitan al Sr. Director la homologación del presente.

Sin otro particular saludan al Sr. Director muy atentamente.

Expediente N° 1273562/08

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de junio de 2008 comparecen ante mí, Lic. Marcos AMBRUSO, secretario de conciliación de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO el Dr. Rodolfo VEDOYA en representación de DYN por una parte y por la otra el Sr. Edgardo MIRANDA en representación de UTPBA junto a los delegados MAGRONE y BERNARDEZ.

Abierto el acto por el funcionario actuante, en uso de la palabra la representación empresaria manifiesta: Que ofrece recomponer en la sección Fotografía el plus "Laboratorio Digital" estableciéndolo en $ 200 respetando la sumas mayores que en este momento cobren algunos fotógrafos. Por otro lado, propone convertir los actuales vales alimentarios en remuneratorios de acuerdo a las pautas de la Ley 26.341 a partir de setiembre de 2008. Por último, ofrece a la representación gremial que las futuras discusiones salariales a nivel general se realicen en este ámbito. Con respecto a las notas especiales y las cuestiones planteadas del Sector Administración serán tratadas internamente dentro de los próximos 60 días.

En uso de la palabra la representación sindical manifiesta: Que toma conocimiento y acepta lo manifestado por la empresa.

Ambas partes de común acuerdo proceden a ratificar el acuerdo presentado y solicitan la homologación pertinente.

Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mí, que certifico.