MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1445/2008

Registro Nº 985/2008

Bs. As., 8/10/2008

VISTO el Expediente Nº 1.251.576/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traído a estudio se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 687/05 "E", suscripto entre las precitadas partes.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que en tal sentido, cabe indicar que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.251.576/07, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.251.576/07. Posteriormente procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 687/05 "E".

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.251.576/07

Buenos Aires, 14 de octubre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1445/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 985/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En Buenos Aires a los siete días del mes de diciembre de 2007 se reúnen por una parte los Señores Guillermo Ceballos Serra y Omar A. Payero en representación de Gas Natural BAN S.A. y por la otra los Señores Gabriel H. Yasky y Oscar Mangone en representación del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas Capital y Gran Buenos Aires, (S.T.I.G.A.S.), quienes acuerdan la firma del presente en los términos que se exponen seguidamente:

Primero: En virtud del reclamo formulado por S.T.I.G.A.S mediante su nota de fecha 19 de noviembre pasado, la empresa, con el acuerdo de la entidad sindical ha decidido otorgar, por única vez y con carácter de extraordinaria, una suma fija no remunerativa de pesos mil doscientos ($ 1.200.-) al personal convencionado de la citada empresa representado por dicho sindicato, la que se hará efectiva el día 4 de enero de 2008:

Segundo: En consecuencia, los representantes de S.T.I.G.A.S. acuerdan abstenerse de tomar medidas que afecten el normal desempeño de las tareas que se desarrollan en la empresa con motivo del reclamo mencionado.

Tercero: Las partes acuerdan reunirse a fin de analizar el proceso de revisión de puestos del personal convencionado.

Cuarto: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.