MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1602/2008

Registro Nº 1117/2008

Bs. As., 28/10/2008

VISTO el Expediente Nº 1.278.127/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o.2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente de referencia se ha dictado la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 1436, de fecha 8 de octubre de 2008, por medio de la que se declaró homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA) por la parte gremial con la CONFEDERACION DE CLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS (CONFECLISA) de todo el país con excepción de la provincia de Río Negro, la ASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ADECRA) por sí y en representación de la ASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA (ACLISA), la CAMARA PROVINCIAL DE PRESTADORES DE SERVICIO DE SALUD (CAPPSSA) y la ASOCIACION DE CLINICAS Y SANATORIOS PRIVADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - ZONA II, la CAMARA ARGENTINA DE CLINICAS Y ESTABLECIMIENTOS PSIQUIATRICOS (CACEP), la ASOCIACION ARGENTINA DE ESTABLECIMIENTOS GERIATRICOS (AAEG) y la CAMARA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD (CEPSAL) por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), cuya copia fiel se encuentra agregada a fojas 158/162.

Que en el Artículo 5º de la mencionada Resolución se ha hecho saber a la ASOCIACION DE CLINICAS SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN que el Acuerdo homologado resultaba extensivo y de aplicación a la totalidad de los signatarios del Convenio colectivo de Trapajo Nº 122/75.

Que por las razones expuestas, debe aclararse que el acuerdo resulta de aplicación en todo ámbito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75.

Que con el fin de proceder a su aclaración, a fin de evitar futuras confusiones corresponde proceder a emitir el pertinente acto administrativo, en los términos del Artículo 102º del Decreto Nº 1759/72, reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que se destaca que la enmienda a efectuarse en la mencionada Resolución, no implica alteración de la sustancia de dicho acto administrativo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aclárase que el Acuerdo homologado mediante la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 1436, de fecha 8 de octubre de 2008, cuya copia fiel se encuentra agregada a fojas 158/162 del Expediente Nº 1.278.127/08 resulta de aplicación a todo ámbito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acto administrativo.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Cumplido, gírese la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.278.127/08

Buenos Aires, 3 de noviembre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 1602/08, se ha tomado razón de la aclaración efectuada en el artículo 1º, quedando registrado con el número 1117/08. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación – D.N.R.T.