Secretaría de Economía de la Nación

MINISTERIO DE HACIENDA

DECRETO Nş 1.143

Bs. As., 19/1/49

VISTO: Lo informado por el Consejo Económico Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que la atención de las funciones derivadas de la promoción del intercambio internacional y de la comercialización en el mercado interno e internacional exigen la creación de una Secretaría de Estado que ejerza las funciones que la legislación en vigor atribuye a diversos organismos,

El presidente de la Nación Argentina en Acuerdo de Ministros

Decreta:

Artículo 1ş — Créase la Secretaría de Economía de la Nación, la que dependerá de la Presidencia de la Nación y estará a cargo de un Secretario con la jerarquía y prerrogativas de Ministro Secretario de Estado.

Art. 2ş — Todas las funciones, atribuciones y obligaciones que las leyes y reglamentos determinan para los organismos que actualmente tienen a su cargo las funciones específicas en los considerandos del presente decreto, quedarán a cargo de la Secretaría de Economía de la Nación.

Art. 3ş — A los efectos del artículo 87 de la Constitución Nacional, los decretos de la Secretaría de Economía de la Nación serán refrendados por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Hacienda.

Art. 4ş — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Art. 5 ş — Dése cuenta oportunamente al H. Congreso de la Nación.

Art. 6ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.

PERON

Angel G. Borlenghi. — Ramón A. Cereijo. — Humbero Sosa Molina. — Enrique B. García. — Carlos A. Emery. — Juan A. Bramuglia. — Juan Pistarini. — Belisario Gache Pirán. — César Ojeda. — José M. Freire. — Ramón Carrillo. — Oscar Ivanissevich. — José C. Barro. — Juan F. Castro. — José Figuerola.