MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCION Nº 33.861 DEL 16 MAR 2009

EXPEDIENTE Nº 51.565. MEDIDAS CAUTELARES COMPAÑIAS DE SEGURO DE RETIRO. R.V.P

SINTESIS:

VISTO... y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º — Prorrogar hasta el 31/12/2009 las medidas adoptadas en los Artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 33.653, de fecha 12/12/2008.

ARTICULO 2º — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota en el Registro de Entidades de Seguros de las medidas ordenadas.

ARTICULO 3º — La presente resolución entrará en vigencia respecto de cada compañía de seguro de retiro a partir de la fecha de la notificación personal o de su publicación en el Boletín Oficial, lo que ocurra primero.

ARTICULO 4º — Regístrese, notifíquese personalmente por la Gerencia de Inspección a todas las compañías de Seguros de Retiro autorizadas por esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION a operar en planes de Rentas Vitalicias Previsionales y Rentas Periódicas de la Ley Nº 24.557 y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: GUSTAVO MEDONE, Superintendente de Seguros.

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NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación sita en Av. Julio A. Roca 721. PB. de la Ciudad de Buenos Aires.

e. 23/03/2009 Nº 19321/09 v. 23/03/2009