MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1944/2008

Registro Nº 1316/2008

Bs. As., 12/12/2008

VISTO el Expediente Nº 1.085.340/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 830/833 del Expediente Nº 1.085.340/04 obra el acuerdo suscripto entre la FEDERACION DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA (FEJEPROC), la ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (A.A.TRA.C.), la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (F.O.E.C.O.P.), la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES (F.O.E.C. y T.), la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (UTPBA), la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES y el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, por la parte sindical y el SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO - UNIDAD DE NEGOCIOS RADIO NACIONAL por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 846 de autos ratificó el acuerdo aludido la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA (F.A.T.PREN), a fojas 835 el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y COMUNICACION DE CORDOBA (CISPREN) y a fojas 849 la ASOCIACION DE PRENSA DE TUCUMAN (A.P.T.), ambas en representación del sector sindical.

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes procedieron a adecuar las escalas salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 32/75 "E".

Que asimismo la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO se encuentra debidamente notificada a fojas 836, sin que a la fecha haya comparecido ante esta Autoridad Laboral. Se resalta que dicha notificación fue efectuada bajo apercibimiento de considerar que no tiene objeciones que formular al acuerdo mencionado.

Que en cuanto a la vigencia será a partir del 1 de julio de 2008.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la representación personal y territorial de las entidades sindicales signatarias emergentes de su personería gremial y al sector de la actividad de la parte empresaria firmante y de conformidad a lo expresamente pactado por las partes en el texto acordado.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACION DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA (FEJEPROC), la ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (A.A.TRA.C.), la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (F.O.E.C.O.P.), la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES (F.O.E.C. y T.), la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (UTPBA) , la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES, el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA (F.A.T.PREN), el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y COMUNICACION DE CORDOBA (CISPREN) y la ASOCIACION DE PRENSA DE TUCUMAN (A.P.T.) por la parte sindical y el SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO - UNIDAD DE NEGOCIOS RADIO NACIONAL por la parte empleadora, que luce a fojas 830/833 del Expediente Nº 1.085.340/04, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 830/833 del Expediente Nº 1.085.340/04.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 32/75 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.085.340/04

Buenos Aires, 16 de Diciembre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1944/08 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 830/833 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1316/08. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Nuevos salarios básicos a partir del 1ro. de Julio de 2008

Expediente Nº 1.085.340/04 y agregados

En la Ciudad de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil ocho siendo las 12.30 hs. comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL- Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mí Lic. Marta B. BRISA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2 y presidente de la Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E (RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICION D.N.R.T. Nº 10/04, obrante a fs-121/123, y DISPOSICION DNRTI Nº 43 del 11/05/05 de fs. 397/400. los integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA-FEJEPROC, los señores Juan José HALM - Secretario General y Horacio ZUNGRI Secretario Adjunto. Por ASOCIACION ARGENTINA TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES - AATRAC los señores Jorge D. SORIA – Secretario General y David FURLAND - Por la FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES- FOECYT el señor Juan Carlos PUGLIELLI - Secretario Gremial. Por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS del CORREO OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP lo hacen los señores Ricardo D. FERRARO - Secretario General y Jorge MARTINEZ integrante Secretariado Nacional. Por UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES-UTPBA, los señores Edgardo MIRANDA, Fernando PEDERNERA, Carlos SAGLUL y Abel CAMINOS. Por FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA- FATPREN llamado nuevamente a las 13.00 hs. NO COMPARECEN-Por SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES la Sra. María D. LOPEZ. Por el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACION DE CORDOBA (CISPREN) llamado NO COMPARECE, Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO la Srta. Stella HERNANDEZ–Por ASOCIACION DE PRENSA DE TUCUMAN llamado nuevamente a las 13.00 hs NO COMPARECEN. Y por la otra parte SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD del ESTADO (S.N.M.P. SE) los Dr. Rubén María VIRUE, Carlos Gustavo GUERRA y Lic Roberto J. LUACES. Llamada la representación de la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO (C.T.A.P.S.SP), llamada nuevamente a las 13.00 hs No comparecen.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y teniendo en cuenta lo actuado, las audiencia realizadas, y teniendo en cuenta que las entidades gremiales en su totalidad han aceptado la propuesta de SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SE formulada en audiencia anterior, acta de fs. 827/829, de abonar la suma de $ 1000 (un mil pesos), pagaderos de la siguiente forma: $ 500 el 15 de mayo de 2008, que ya fue abonada, y $ 500 cuya fecha de pago límite será la misma del pago de los salarios del mes de mayo. Por lo tanto se requiere a las partes continuar con la presente negociación, con relación a la petición de los gremios de fs. 821/823.

Reconociendo las partes que los niveles salariales anteriores son aquellos que surgen de fs. 789/790 ratificada a fs. 810/814.

Acto seguido y luego de un intercambio de opiniones entre las partes y cedida la palabra la representación de SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS S.E. EXPRESA 1) que acepta la propuesta de los gremios formulada a fs. 821/823 con el alcance expresado a fs. 831/833. la cual queda configurada del siguiente modo: mediante anexo que acompaña que se adjunta a fs. 840, quedan determinados los nuevos salarios básicos que se devengarán a partir del 1º de julio de 2008. 2) que en cuanto a la suma por refrigerio queda fijada en la suma de $ 420 (cuatrocientos veinte pesos) también a partir del 1º de julio de 2008. 3) la empresa ratifica que durante el próximo mes de junio se abonará a título de gratificación la suma de $ 1000 (un mil pesos) ya convenida entre las partes

A continuación las entidades gremiales: FOECYT, AATRAC, FEJEPROC, FOECOP, SAL, UTPBA y SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, MANIFIESTAN que aceptan el ofrecimiento formulado precedentemente por la empresa SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS S.E.

Cedida nuevamente la palabra las entidades gremiales FOECYT, FOECOP. AATRAC y FEJEPROC MANIFIESTAN que solicitan nuevamente a la empresa que en referencia al adicional por zona inhóspita o desfavorable, en función de lo acordado oportunamente y dado el tiempo transcurrido, convoque a las partes para el tratamiento urgente del tema, tal lo manifestado a fs. 821/823 del presente

Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Teniendo en cuenta el acuerdo arribado precedentemente, se notifica a la partes que deberán prestar conformidad al acuerdo arribado en la fecha, las siguientes entidades gremiales: CISPREN, FATPREN y ASOCIACION DE PRENSA DE TUCUMAN en el término de cinco (5) días. Debiendo notificarles del plazo otorgado las entidades gremiales presentes. Además expedirse en el ámbito de su competencia la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público. Previo a elevar las actuaciones a la superioridad atento la homologación requerida. Dando por finalizado el mismo siendo las 14.00 hs, firmando los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad, por ante mí que certifico.