MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 116/2009

Registro Nº 113/2009

Bs. As., 3/2/2009

VISTO el Expediente Nº 1.306.144/08 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.306.144/08, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AOTRA) y la empresa VALENCIANA ARGENTINA JOSE EISENBERG Y COMPAÑIA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mentado acuerdo se establece el pago de CINCUENTA PESOS ($ 50.-) con carácter excepcional, en concepto de asignación no remunerativa y no acumulativa, para todo el personal de la empresa encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07, que rige la actividad.

Que la vigencia está establecida por SEIS (6) meses a partir de la fecha de homologación.

Que es menester indicar, que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación de lo pactado, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AOTRA) y la empresa VALENCIANA ARGENTINA JOSE EISENBERG Y COMPAÑIA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL INDUSTRIAL FINANCIERA E INMOBILIARIA, obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.306.144/08.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.306.144/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.306.144/08

Bs. As., 6/2/2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 116/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 113/09. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Presentes en este acto los señores OSCAR RAUL SPACIUK DNI 13.030.398, FABIAN ALEJANDRO GARCIA MEDERO DNI 25.253.022 y FRANCISCO VICTOR ACOSTA DNI 21.977.067 en sus caracteres de delegados de la Comisión Interna de la empresa VALENCIANA ARGENTINA S.A. y el Sr. JOSE LISTO en su carácter de Secretario Gremial de la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y ROQUE SUMMA por una paste, y por la otra el Sr. DANIEL EISENBERG y ALEJANDRO DI SABATINO en sus caracteres de representantes de la empresa VALENCIANA ARGENTINA SA. se llega a celebrar el presente acuerdo:

1.- En el marco del expediente 1.278.962/08 la AOTRA conjuntamente con los delegados firmantes han requerido a la empresa un pago con carácter excepcional en concepto de asignación no remunerativa para todo el personal encuadrado en el convenio de empresa de Pesos Cincuenta ($ 50.-) por mes a partir del mes de noviembre/08 hasta abril/09 inclusive.

2.- La Empresa entendiendo las razones que le fueran explicitadas consiente en abonar durante 6 (seis) meses los Cincuenta Pesos ($ 50.-) requeridos no acumulativamente y a cuenta de cualquier incremento que para los trabajadores surja de disposiciones legales o convencionales ya sea de naturaleza remunerativa o no remunerativa. El pago se efectuará con la homologación del presente acuerdo de parte de la autoridad de aplicación.

En Buenos Aires, a los 9 días del mes de diciembre de 2008, se firman 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor.