COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución Nş 532/2009

Bs. As., 5/10/2009

VISTO el Expediente Nş S01:0134680/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO

Que con fecha tres de abril de 2009, se suscribió con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el Convenio Marco de Asistencia Técnica que fuera aprobado por Resolución Nş 212 de fecha tres de abril de 2009, de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

Que el referido convenio tiene como objeto la prestación en particular de cursos de capacitación, trabajos de investigación y asistencia técnica, a ser ejecutados por la Facultad para esta Entidad, en aquellos temas vinculados con las incumbencias de las carreras dictadas en ella.

Que en ese marco, ante la necesidad de actualizar los sistemas de información existentes en la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y con la finalidad de procurar un tratamiento informático integral que contribuya a una gestión eficaz y eficiente de esta Entidad, se requirió a la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, la elaboración de una propuesta técnica y económica para la implementación y puesta en funcionamiento de un sistema informático modulado e integral para la gestión de control, fiscalización, atención a los usuarios, gestión administrativa y jurídica.

Que dicho requerimiento se ha efectuado a esa Casa de Estudios, toda vez que además de contar con la idoneidad técnica para encarar la elaboración de la propuesta requerida, posee los conocimientos necesarios de los procedimientos propios de esta Entidad, evidenciados a través de la ejecución del Convenio de Asistencia Técnica celebrado mediante acuerdo de fecha dos de octubre de 1995 y el acuerdo de fecha tres de abril de 2009.

Que el día siete de agosto de 2009, se firmó con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, el convenio que fuera oportunamente aprobado mediante Resolución Nş 346 de fecha veintitrés de junio de 2009 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" con el objeto de desarrollar e implementar un sistema de gestión integral, conforme la propuesta de diagnóstico y factibilidad nominada como "Modernización y Migración de los Sistemas de Información".

Que la resolución mencionada en el considerando anterior conjuntamente con el "PROGRAMA DE TRABAJO", fue publicada en el Boletín Oficial del día 26 de agosto de 2009.

Que el mentado acto administrativo, estableció entre otras, dar intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, a los fines de que esa dependencia efectúe las previsiones presupuestarias pertinentes.

Que la citada Gerencia se expidió en los términos que da cuenta su nota N.I.G.ADM. Nş 3665 de fecha siete de septiembre de 2009, a través de la cual informó la existencia de restricciones presupuestarias para comprometer la ejecución integral del "PROGRAMA DE TRABAJO".

Que en razón a lo expuesto se han arbitrado las medidas tendientes a adecuar los compromisos originarios en cuanto a la cantidad de etapas necesarias para la ejecución del aludido "PROGRAMA DE TRABAJO", reestableciendo los montos correspondientes a cada una de ellas.

Que en el marco de la metodología informática adoptada, cada una de las etapas constituye una totalidad consistente en sí misma.

Que en ese contexto, el Responsable del AREA DE SISTEMAS, mediante Nota del día catorce de septiembre de 2009, ha confeccionado un nuevo cronograma de pagos conforme las restricciones presupuestarias existentes, por un importe de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y DOS ($ 1.852.052).

Que esta Comisión sometió a consideración del SECRETARIO DE EXTENSION UNIVERSITARIA de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, un proyecto de ADDENDA del convenio suscripto con la aludida Facultad el día siete de agosto de 2009, denominado "PROGRAMA DE TRABAJO", el cual permite adecuar los compromisos originarios a las restricciones presupuestarias existentes.

Que la aludida Facultad, con fecha 23 de septiembre de 2009, procedió a informar que no existían reparos que oponer a la ADDENDA proyectada.

Que esa instancia nuevamente tomó intervención la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, la que se expidió mediante Nota I.G.ADM Nş 4213/09 de fecha 2 de octubre de 2009, en el sentido que procedió a efectuar la afectación preventiva en el ejercicio presupuestario 2009 por un importe de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL ($ 962.000,00) en la partida "(3.4.6.) Servicios Técnicos Informáticos", informando que una vez cumplimentado el perfeccionamiento del convenio respectivo, procederá a llevar a cabo la etapa del compromiso y con la documentación de pago correspondiente, el devengado y pagado.

Que finalmente la Gerencia mencionada señaló, con relación al monto de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CINCUENTA Y DOS ($ 890.052,00) que afectará el presupuesto del ejercicio 2010, que llevará a cabo similar procedimiento una vez aprobado y distribuido dicho presupuesto.

Que en consecuencia, corresponde aprobar la ADDENDA, del convenio suscripto entre esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el día siete de agosto de 2009, denominado "PROGRAMA DE TRABAJO".

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Comisión ha tomado la intervención que le compete.

Que el Interventor de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE es competente para entender en la presente cuestión en orden a las facultades acordadas por el Decreto Nş 1388 del veintinueve de noviembre de 1996 y el Decreto Nş 454 de fecha veinticuatro de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1ş — Apruébase la ADDENDA del Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" suscripto entre esta Comisión y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES con fecha siete de agosto de 2009, que como Anexo I forma parte

integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2ş — Notifíquese la presente resolución a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, al AREA INFORMATICA y a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

ARTICULO 3ş — Comuníquese, Publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANTONIO EDUARDO SICARO, Interventor, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

ANEXO I

ADDENDA

DEL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES Y LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE DE FECHA 7 DE AGOSTO DE 2009 DENOMINADO "PROGRAMA DE TRABAJO"

En Buenos Aires, a los días del mes de septiembre del año 2009, se reúnen la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, en adelante "LA FACULTAD", representada en este acto por el señor Secretario de Extensión Universitaria Dr. Emiliano B. YACOBITTI, D.N.I. 24.935.785 (conforme la Resolución del Consejo Directivo Nş 2947 de fecha 26 de agosto de 2008), por una parte, y por la otra, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en adelante "LA CNRT", representada en este acto por el señor Interventor Dr. Antonio Eduardo SICARO D.N.I. Nş 10.255.460 (conforme Decreto PEN Nş 65/2008), acuerdan celebrar la presente ADDENDA, al convenio suscripto por las partes, el día siete de agosto de 2009, denominado "Programa de Trabajo" que tiene como objeto desarrollar e implementar un sistema de gestión integral, conforme la propuesta de diagnóstico y factibilidad nominada como "Modernización y Migración de los sistemas de Información", en adelante "EL PROGRAMA".

I - MANIFIESTO:

"LA CNRT" señala por la presente, que mediante el informe N.G.ADM Nş 3665/09 de fecha 7 de septiembre de 2009 de su GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, recaído en el expediente EXP-S01:0134680 del 2008, se ha comunicado que existen restricciones presupuestarias para comprometer al día de la fecha la ejecución integral de "EL PROGRAMA"; y que además, en virtud de los tiempos administrativos necesarios para que la Resolución de "LA CNRT" Nş 346 de fecha 23 de junio de 2009 alcanzara eficacia, se ha demorado la fecha de inicio de los trabajos previstos en "EL PROGRAMA" llevándola al 2 de septiembre del 2009; que en razón de todo lo antes señalado, las partes consideran que deberán adecuarse los compromisos originarios a la fecha actual, y a través del presente instrumento, en dos sentidos: primero, en cuanto a la cantidad de etapas de los trabajos de "EL PROGRAMA" que se acuerdan; y segundo: como consecuencia de lo anterior, reestablecer los montos correspondientes a cada una de las etapas, a sus totales anuales y a la totalidad de las etapas que ahora se comprometen. No obstante ello, las Partes ratifican que el valor total de "EL PROGRAMA" asciende a pesos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos ochenta y seis ($ 2.781.886.-) el que se mantendrá con independencia de la reducción de la cantidad de etapas que se lleven a cabo y el monto que se compromete en virtud de la presente ADDENDA. Finalmente resaltan que cada una de las etapas constituyen una totalidad consistente en sí misma, en el marco de la metodología informática adoptada (Programación tipo RAD).

II - ALCANCE:

Conforme a la declaración precedentemente efectuada, las partes concuerdan en modificar la cláusula SEXTA y el ANEXO 3 —CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGOS— de "EL PROGRAMA", que quedarán redactados de la siguiente forma:

SEXTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO

Los desembolsos de pago serán efectuados por "LA CNRT" a favor de la facultad según el detalle que conforma el "ANEXO 3", "CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGO" que forma parte indivisible del presente programa.

El primer pago se efectivizará en carácter de anticipo dentro de los treinta y cinco días de haber presentado efectivamente "LA FACULTAD" la correspondiente factura a "LA CNRT".

Para la implementación de los pagos subsiguientes al anticipo, "LA FACULTAD" presentará la facturación dentro de los cinco (5) días de recibida la certificación de avance del proyecto realizada por el Director del Proyecto y conformada su aceptación por "LA CNRT". Cumplido este requisito "LA CNRT" se compromete a abonar dentro de los quince (15) días hábiles subsiguientes de recibida la factura. Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las partes con las obligaciones establecidas en el presente programa, previa intimación fehaciente, cada una quedará habilitada para efectuar los reclamos administrativos y/o judiciales que estime pertinentes.

De ser necesario el traslado de los profesionales a otras dependencias fuera del área Metropolitana, los importes correspondientes a pasajes, viáticos y/o movilidades estarán a cargo de "LA CNRT".

ANEXO 3 - CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGOS

Las tareas correspondientes al Inicio y las Etapas 1 a 4 serán ejecutadas durante los años 2009 y 2010, por un monto total de pesos un millón ochocientos cincuenta y dos mil cincuenta y dos ($ 1.852.052).

AÑO 2009

Durante este ejercicio fiscal se ejecutarán trabajos equivalentes a un importe de pesos novecientos sesenta y dos mil ($ 962.000), los que serán abonados por "LA CNRT" mediante tres desembolsos: el primero de ellos, al inicio de las tareas y en concepto de anticipo por un importe de pesos quinientos cincuenta y seis mil trescientos setenta y seis ($ 556.376) y el segundo y tercer desembolso a través de dos cuotas, la primera de pesos trescientos nueve mil doscientos treinta y siete (309.237) con la recepción y conformación por parte de "LA CNRT" de la etapa 1 y la segunda, de pesos noventa y seis mil trescientos ochenta y siete ($ 96.387) con la recepción y conformación por parte de "LA CNRT" de la Etapa 2.

AÑO 2010

En ese período fiscal se realizarán los trabajos equivalentes a la suma de pesos ochocientos noventa mil cincuenta y dos ($ 890.052), los que serán pagados a través de dos desembolsos. El primero de ellos por un importe de pesos cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento treinta y uno ($ 469.131) abonados por "LA CNRT" previa recepción y conformación de la Etapa 3. El segundo desembolso por la suma de pesos cuatrocientos veinte mil novecientos veintiuno ($ 420.921) abonados por "LA CNRT" con la recepción y conformación de la Etapa 4.

Todo lo señalado según el siguiente detalle:

ANEXO 3

CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGO

MES

MONTO

   

ANTICIPO INICIO DE TAREAS

556.376

FIN ETAPA 1

309.237

FIN ETAPA

2 96.387

   

TOTAL 2009

962.000

   
   

FIN ETAPA 3

469.131

FIN ETAPA 4

420.921

   
   

TOTAL 2010

890.052

   

TOTAL 2009 /2010

1.852.052

III - INTENCION:

Las Partes ratifican la voluntad de culminar el desarrollo integral de "EL PROGRAMA" ejecutando las Etapas 5 y 6, descriptas en su Anexo 2 y por un valor de pesos novecientos veintinueve mil ochocientos treinta y cuatro ($ 929.834), una vez superados los límites de créditos actualmente vigentes a que se alude en el Punto I - MANIFIESTO, de la presente ADDENDA. En razón a lo precedentemente expuesto, las partes concuerdan en convenir que en ese caso se efectuaran las ADDENDAS que resulten necesarias, de manera de acordar las modalidades en que se ejecutarán las Etapas restantes y su respectivo cronograma de pago conforme, a la disponibilidad presupuestaria de "LA CNRT".

IV – DOMICILIOS:

Las partes reiteran los domicilios denunciados en la Cláusula DECIMA de "EL PROGRAMA", así "LA CNRT" constituye domicilio a todos los efectos legales en Maipú 88 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y "LA FACULTAD" constituye domicilio legal en la calle Viamonte 430 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde serán válidas las notificaciones judiciales y en la Av. Córdoba 2122 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en donde serán válidas las comunicaciones extrajudiciales vinculadas con el desarrollo y aplicación de la presente addenda.

En prueba de conformidad y aceptación de la presente addenda, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

e. 08/10/2009 Nş 87208/09 v. 08/10/2009