MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 592/2009

Registro Nº 469/2009

Bs. As., 19/5/2009

VISTO el Expediente Nº 921/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la homologación del Acuerdo y Anexo I obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 2261/08, agregado como foja 191 al principal, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS REGION SUR por la parte gremial y la DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes establecen entre otras cuestiones, un aumento salarial conforme detalle que se adjunta como Anexo I, que alcanza a los trabajadores que desempeñan tareas dentro del ámbito de actuación personal de las entidades sindicales requirentes que se desempeñan en la actividad de obras sanitarias, con ámbito de aplicación territorial en la Ciudad de Ushuaia e interior de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en lo que respecta a la prestación del servicio público de captación, potabilización y distribución de agua potable, atención de desagües cloacales y tratamiento de efluentes.

Que sin perjuicio que la MUNICIPALIDAD DE RIO GRANDE toma parte de la representación empresaria para consensuar un nuevo convenio colectivo de trabajo, tal como surge de la última modificación de la comisión negociadora obrante en la Disposición D.N.R.T. Nº 123 de fecha 24 de octubre de 2008, ello no obsta a la homologación del presente, siendo de aplicación dentro del ámbito personal y territorial de la representación empleadora signataria.

Que las partes, tal como surge de las actas obrantes a fojas 209 y 213 han ratificado el contenido y firmas del instrumento acompañado.

Que una vez dictado el acto administrativo homologando el acuerdo, ambas partes deberán acompañar, debidamente ratificadas, las escalas salariales resultantes del aumento pactado a fin que la Dirección de Regulaciones del Trabajo, evalúe la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que analizados los puntos que integran el Acuerdo y Anexo I en consideración, es dable indicar que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad que desarrolla la representación empresaria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo Colectivo y Anexo I suscriptos entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS REGION SUR por la parte gremial y la DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS por la parte empleadora, a fojas 2/3 del Expediente Nº 2261/08, agregado como foja 191 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación del presente Acuerdo conjuntamente con el Anexo I obrantes a fojas 2/3 del Expediente Nº 2261/08, agregado como foja 191 al principal.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, intímase a las partes a acompañar, debidamente ratificadas, las escalas salariales resultantes del aumento pactado a fin que la Dirección de Regulaciones del Trabajo, evalúe la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo, del Anexo I homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 921/06

Buenos Aires, 22 de mayo de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 592/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente 2261/09, agregado como fojas 191 al expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 469/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO Nº 05/2008

En la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 13 días del mes de noviembre de 2008, entre la DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, representada por su Presidente Dn. Vicente Eduardo FERNANDEZ DNI: 4.853.643, en adelante la DPOSS, por una parte y por la otra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS - REGION SUR, en adelanto la SITOS, representada por su Secretario General y Secretario Administrativo de la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FeNTOS), Dn. Héctor José SANTIAGO, LE Nº 7.821.222, y el representante gremial Dn. Alberto Pacífico SORIA DNI 11.149.757 en el marco de la negociación en curso, las partes:

DECLARAN: que reconocen la prestación del servicio de provisión de agua como un sistema integrado, vital para la salud y la economía de los habitantes de la ciudad de Ushuaia, y se comprometen a continuar prestando el mismo con dedicación y eficiencia; y en conformidad con esto:

CONVIENEN: en celebrar el presente acuerdo, sujeto a las cláusulas siguientes:

PRIMERA: La DPOSS efectivizará, a partir del primero de septiembre del presente año, un aumento salarial de acuerdo al detalle que se adjunta como ANEXO I. Asimismo se implementará la modificación que reemplace el Convenio Colectivo de Trabajo 57/75 y el artículo Nº 67º del mismo, que regirá a partir del 1 de enero de 2009. Las negociaciones no superarán los 90 días hábiles, y consistirá entre otros en la actualización del valor de la Parte Fija de la Clase I en PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45.00), sus modificaciones pertinentes oportunamente presentadas en esta Dirección y la derogación de las Actas de sumas fijas. Para el cumplimiento de lo acordado, tales efectos las partes designarán un representante.

SEGUNDA: del monto que ingrese en concepto de recaudación deberá destinarse un mínimo del TREINTA POR CIENTO (30%) a gastos operativos, de mantenimiento y la expansión de los servicios.

En prueba de conformidad, se firman en lugar y fecha arriba indicados, tres ejemplares de un mismo, tenor y a un mismo efecto.

ANEXO I ACTA Nº 05/2008.-

CATEGORIA

MONTO

10

400

11

400

12

500

13

500

14

600

15

600

16

700

17

700

18

800

19

800

20

900

21

900

22

1000

23

1000

24

1100