MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

Disposición Nº 162/2009

Bs. As., 23/10/2009

VISTO la Disposición 137/09, y

CONSIDERANDO:

Que la misma ha sido aprobada, conforme lo establece el artículo 3 del Convenio de Colaboración y Asistencia Técnica y Financiera celebrado entre este MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y el COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, por Resolución Ministerial Nº 989 de fecha 20 de octubre del corriente año.

Que el nuevo cuadro tarifario que surge de la Disposición Nº 137/09 comenzaba a regir con fecha 19/10/09 para los documentos en general, y con fecha 2/11/09 inclusive para las escrituras autorizadas con anterioridad a la fecha de aplicación del cambio de valores de las contribuciones Ley 17.050.

Que atento el vencimiento de la primera de las fechas y la cercanía de la segunda la aplicación de la disposición aludida en el visto, sin la adecuada y anticipada publicidad del cambio, conspira contra la eficiencia del servicio en tanto muchos usuarios no conocerán en esa fecha el cambio operado y ello redundará en reclamos y dificultades operativas para los usuarios y para el mismo Registro.

Que en consecuencia la situación planteada se resuelve modificando las fechas inicialmente previstas llevando a los días 9/11/09 la puesta en aplicación y para el día 23/11/09 la fecha de admisión de escrituras autorizadas con anterioridad a la fecha de cambio.

Por ello, en uso de las facultades que le acuerda la ley,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — La fecha de entrada en vigencia de los valores señalados en el anexo I de la Disposición Nº 137/09 se fija para el día 9 de noviembre de 2009.

ARTICULO 2º — Las escrituras públicas autorizadas con anterioridad a la fecha de aplicación del presente ajuste, deberán oblar las contribuciones según los valores establecidos en la Disposición 225/08, hasta el día 23 de noviembre de 2009, inclusive, que se concede como fecha de presentación.

ARTICULO 3º — Comuníquese a la Superioridad y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de Administrador del Sistema de la Ley 17.050. Notifíquese a todas las Jefaturas de Departamento. Hágase saber a los Colegios Profesionales interesados. Remítase copia por la vía de práctica al Boletín Oficial, solicitando su publicación en el mismo con los recaudos de ley. Dése adecuada difusión para conocimiento de los usuarios. Regístrese. Archívese. — Dr. ALBERTO F. RUIZ DE ERENCHUN, Director General, Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.

e. 30/10/2009 Nº 96199/09 v. 30/10/2009