MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1222/2009

Registro Nº 1064/2009

Bs. As., 25/9/2009

VISTO el Expediente Nº 1.285.722/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa ESEKA SOCIEDAD ANONIMA, agregado a fojas 16/17 de autos y el acta aclaratoria agregada a fojas 25 junto con acta de ratificación sindical obrante a fojas 50 del sub examine, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable indicar que el precitado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07.

Que respecto al punto 1 del acuerdo y su correspondiente aclaración, corresponde disponer su homologación como acuerdo marco sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores afectados, cuya nómina obra a fojas 11/15.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y la referida aclaración.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa ESEKA SOCIEDAD ANONIMA, agregado a fojas 16/17 y el acta aclaratoria agregada a fojas 25 junto con acta de ratificación sindical obrante a fojas 50, del Expediente Nº 1.285.722/08, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo y actas, obrantes a fojas 16/17, 25 y 50 del Expediente Nº 1.285.722/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los textos convencionales homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.285.722/08

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1222/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 16/17, 25 y 50 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1064/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.291.249/08

En la ciudad de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil ocho, siendo las 16.00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí Sandra Yolanda CESAR Secretaria de conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el señor Juan Oscar ARAUJO en su calidad de vocal del CDN; Julio José OLIVERA en su calidad de Secretario General; Salvador SOSA en su calidad de asesor de gremial en representación de la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conjuntamente con los señores Sabina CARDOZO; Marcela LEDESMA; Darío PAEZ; Hernán GONZALEZ; Mario DELGADO; Alejandro Jorge GOMEZ; Elba Rosa CACERES: Norma SANDOVAL en sus calidades de delegados; con domicilio en la calle Av. La Plata 754 - Capital Federal, por una parte y por la otra lo hace la señora Diana FERREYRA de la CRUZ en su calidad de Jefa de Recursos Humanos; el Ing. Marcelo Abel LAZOVICH: y el doctor Luciano Héctor BONACCI Tº 7 Fº 413 en su calidad de apoderados de la EMPRESA ESEKA S.A. todos con identidad personería y demás datos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante esta procede a ceder el uso de la palabra a la parte empleadora quien MANIFIESTA: Que luego de las conversaciones realizadas de manera privada, esta parte ofrece el siguiente acuerdo

1) La empresa ofrece desde la firma de este acuerdo y en adelante un 50% sobre los haberes de los días sábados, retroactivo al 01-09-2008, en los que el personal de los sectores de Nylon y Algodón correspondiente al turno mañana no concurre a trabajar. Este valor se ofrece hasta el 31-12-08. La empresa se compromete a abonar la contribución patronal correspondiente al artículo 36 del CCT. Nº 500/07.

2) El personal en su totalidad trabaje 8 ó 9 horas, tomará una pausa para refrigerio de 25 minutos finales, es decir desde que deja su puesto de trabajo hasta que regresa al mismo.

3) Se iniciará un período de diálogo con la comisión interna de la empresa a fin de establecer en forma fehaciente derechos y obligaciones de los operarios y/o delegados para con sus encargados y viceversa.

4) La empresa contratará un servicio médico externo que estará disponible para sus empleados, la cantidad de horas necesarias para cumplir con la legislación vigente.

En el uso de la palabra la parte sindical MANIFIESTA: Que atento el ofrecimiento realizado precedentemente por la parte empresaria, esta organización sindical acepta de conformidad, y acompaña como anexo nota de la totalidad de los trabajadores afectados por la suspensión el cual arriba a un número de 250 trabajadores.

Ambas partes atento el acuerdo arribado ratifican en un todo el contenido y firmas solicitando consecuentemente la homologación.

Siendo las 16.00 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mí funcionaria que CERTIFICO.

Expediente Nº 1.285.722/08

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 4 días del mes de marzo de dos mil nueve, siendo las 16.00 hs, comparecen el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B. BRISA, Secretaria de Relaciones Laborales, del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, en representación de la empresa ESEKA S.A., con domicilio en Avda. Corrientes 1312 Piso 11 Of. 42 en calidad de apoderado lo hace el Dr. Luciano Héctor BONACCI, Tomo 7, Florio 413 CPACF, condición ya acreditada en autos.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, la parte Empresaria procede a manifestar lo siguiente: Que la empresa ofrece desde la firma de este acuerdo una asignación no remunerativa que representa el 50% de los haberes, reclamados por la representación sindical en Acta de fecha 25/08/2008, Expediente Nº 1.285.722/08, retroactivo al 01/09/2008, con fecha de finalización el 31/12/08. La empresa se compromete a abonar sobre dicha asignación la contribución patronal correspondiente al Art. 36 del CCT Nº 500/07.

Es todo, siendo las 16.20 hs. se da por finalizado el acto, firmando el compareciente al pie de la presente en señal de conformidad, por ante mí que así lo certifico.

Expte. Nro. 1.285.722/08

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 27 días del mes de mayo de 2009 siendo las 18:00 horas comparecen ante este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, ante la Lic. Magali TROYA, Secretaria de Conciliación del Departamento Nº 2 de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, lo hace por la ASOCIACION OBRERA TEXTIL el Sr. José LISTO en calidad de Secretario Gremial.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante el sector sindical MANIFIESTA: Que viene a ratificar el acuerdo de fojas 16/17 y su aclaración respecto de la cláusula Nº 1 de fojas 25. Encontrándose debidamente cumplimentadas las observaciones efectuadas por la Asesoría Técnica Legal, solicítese se dé curso a la homologación solicitada a fojas 17 in fine.

Siendo las 18.15 horas se por finalizado el acto firmando el compareciente de conformidad previa lectura y ratificación por ante mí que CERTIFICO.