MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1441/2009

Registro Nº 1251/2009

Bs. As., 23/10/2009

VISTO el Expediente Nº 1.340.406/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 23 del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte gremial y la empresa PENTARS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo, los agentes negociadores convienen, luego del reclamo articulado por la asociación gremial; ajustar las nuevas liquidaciones de haberes del personal que presta tareas en el turno noche, a las previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 500/07.

Que en tal sentido, acuerdan actualizar al valor salarial de octubre de 2009, las diferencias que pudieron surgir desde el 1 de septiembre de 2007.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes firmantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que no obstante ello, debe dejarse indicado que el presente se homologará como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa PENTARS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que luce a foja 23 del Expediente Nº 1.340.406/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 23 del Expediente Nº 1.340.406/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.340.406/09

Buenos Aires, 27 de octubre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1441/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 23 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1251/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.340.406/09

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de septiembre del año dos mil nueve, siendo las 13.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, ante la Secretaria de Conciliación Lic. Magali TROYA, por una parte y en representación de la ASOCIACION OBRERA TEXTIL lo hacen los Sres. Roque SUMMA, Salvador SOSA en calidad de Asesores Gremiales, MORSA Mario Pablo DNI 11.787.779 en calidad de Secretario Adjunto de la rama Cinta-Elásticos, Juan Carlos CHIARELLI DNI 4.279.981 en calidad Técnico y los Sres. SUAREZ, Julio Daniel DNI 20.312.981, LIPOLI, Gustavo DNI 25.073.099 en calidad de Delegados de Personal, por la otra parte lo hace la empresa PENTARS SRL, lo hace el Dr. Ernesto Claudio VERTANESSIAN en calidad de apoderado, condición acreditada a fojas 5/7 de autos, asistido por el Dr. CITTADINI, Guillermo Mario Tº 35 Fº 482, manteniendo los domicilio denunciados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante hace uso de la palabra el sector empresario MANIFIESTA: Que habiendo considerado el reclamo por la parte sindical, la parte empleadora admite el mismo y ajusta las nuevas liquidaciones de haberes al CCT 500/07, como así también pagará en cinco (5) quincenas, actualizado al valor salarial de octubre de 2009, las diferencias que pudieron surgir desde 1 de septiembre de 2007 al 30 de agosto de 2009, serán abonadas en la forma especificada anteriormente.

Hace uso de la palabra el sector sindical MANIFIESTA: Que atento a lo expuesto por la parte empresaria al reclamo efectuado a fojas 1, esta organización presta conformidad al mismo.

Las partes en forma conjunta MANIFIESTAN: Que, solicitan la homologación del presente acuerdo. Asimismo el presente alcanza a cinco trabajadores del turno noche. Acto seguido, siendo las 14.00 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.