CONVENIOS

Decisión Administrativa 640/2009

Apruébase una transferencia en virtud del Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Plan Preventivo Integrado de Seguridad de la Provincia de Mendoza.

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nº 2189/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS promovió el Programa Integral de Protección Ciudadana, el cual se instrumentó a través de la celebración de convenios con gobiernos provinciales y municipales.

Que dicho programa tiene como objetivos promover el respeto a la ley, al estado de derecho y las garantías constitucionales; incorporar tecnología de última generación en materia de seguridad; dotar a las fuerzas de seguridad de mayor capacidad operativa y proveer a un adecuado control sobre su gestión; brindar a las fuerzas de seguridad y a la Justicia elementos que permitan el esclarecimiento de hechos delictivos; coordinar el funcionamiento de los recursos y herramientas proporcionadas e incentivar la participación ciudadana y la conformación de redes sociales para la prevención de delitos.

Que mediante el convenio celebrado el 27 de marzo de 2009 entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la PROVINCIA DE MENDOZA, se acordó cooperar para el fortalecimiento del Plan Preventivo Integrado de Seguridad de dicha Provincia.

Que dicho plan guarda afinidad con los principios del Programa Integral de Protección Ciudadana anteriormente mencionado.

Que, según la cláusula tercera del convenio antes mencionado, este organismo asignó a la PROVINCIA DE MENDOZA en carácter de aporte no reintegrable, la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-), para contribuir con la implementación del Plan Preventivo Integrado de Seguridad.

Que, en virtud de la cláusula cuarta del citado convenio, el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la suma de dinero precedentemente enunciada, debería ser abonada —conforme a las disponibilidades presupuestarias— dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la aprobación del gasto respectivo por parte de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el saldo, a la puesta en marcha del programa de fortalecimiento.

Que, por Resolución Nº 41 de la entonces Secretaría de Coordinación Jurídico Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 30 de abril de 2009 se aprobó el gasto de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000.-) a favor de la PROVINCIA DE MENDOZA, en concepto de anticipo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la suma de dinero asignada a dicha provincia.

Que la PROVINCIA DE MENDOZA ha realizado la rendición de cuentas por el primer desembolso, de acuerdo a lo informado mediante Memorando Nº 465/09 de la Coordinación Técnica de esta Jurisdicción, dando cumplimiento a la cláusula quinta del convenio celebrado entre dicha Provincia y la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, en virtud de ello, procede aprobar —con cargo de rendición de cuentas— el gasto correspondiente al saldo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del aporte contemplado en el convenio celebrado el 27 de marzo de 2009 entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la PROVINCIA DE MENDOZA, para contribuir con el fortalecimiento del Plan Preventivo Integrado de Seguridad de esa Provincia, cuya organización estará a cargo del MINISTERIO DE SEGURIDAD de dicha jurisdicción.

Que las áreas competentes de este organismo verificaron la existencia de recursos presupuestarios suficientes para afrontar la erogación que demande la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 35, inciso d) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la transferencia de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000.-) a favor de la PROVINCIA DE MENDOZA, en concepto del CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante de la suma de dinero asignada a dicha Provincia en virtud del CONVENIO DE COOPERACION PARA EL FORTALECIMIENTO DEL PLAN PREVENTIVO INTEGRADO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE MENDOZA celebrado el 27 de marzo de 2009 entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el mencionado estado provincial, a fin de ser destinada a la ejecución de la finalidad prevista en el mencionado acuerdo.

Art. 2º — La PROVINCIA DE MENDOZA deberá rendir cuentas de la suma asignada en virtud del artículo 1º, de conformidad con las condiciones emergentes del convenio allí aludido.

Art. 3º — La liquidación y pago del concepto indicado en el artículo 1º se realizará a través del Servicio Administrativo Financiero 305 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será imputado a las partidas de la JURISDICCION 25 —JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS— del corriente Ejercicio Financiero.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.