MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1569/2009

Tope Nº 414/2009

Bs. As., 13/11/2009

VISTO el Expediente Nº 1.279.482/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1166 del 10 de septiembre de 2008 y Nº 1438 del 8 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución S.T. Nº 1438/08, cuya copia fiel obra a fs. 67/71 del Expediente Nº 1.271.482/08, se fijó el importe promedio de las remuneraciones y tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CUERO Y AFINES y la CAMARA INDUSTRIAL DE LAS MANUFACTURAS DEL CUERO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que el referido Acuerdo fue celebrado en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 135/75, 164/75, 224/75, 278/75 y 386/75 y fue homologado por la Resolución S.T. Nº 1166/08 y registrado bajo el Nº 851/08 según consta a fs. 38/41 y 44, respectivamente.

Que se ha advertido un error material al momento de confeccionar las escalas correspondientes a los topes indemnizatorios de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 135/75, 164/75 y 278/75, por lo que corresponde subsanar dicho error material mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que el presente acto se dicta conforme a lo establecido por el artículo 10 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991).

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Reemplácese el ANEXO de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1438 del 8 de octubre de 2008, por el ANEXO que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el tope indemnizatorio fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1438 del 8 de octubre de 2008 que se rectifica por la presente medida y correspondiente al Acuerdo registrado bajo el Nº 851/08 y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1166 del 10 de septiembre de 2008.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.279.482/08

Expediente Nº 1.279.482/08

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1569/09 se ha tomado razón del reemplazo del anexo de tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 414/09 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.