Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 109/2010

Déjase sin efecto el uso del formulario "13A" previsto en la Disposición D.N. Nº 645/96 aplicable en relación con los trámites de transferencia con cambio de radicación o cambio de radicación a la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 15/2/2010

VISTO las Leyes de la Provincia de BUENOS AIRES Nº 13.010 y 14044, las Disposiciones DN Nº 645/96 y 402/03, la Nota D.S.R.I.A. Y E.D. Nº 08/2010 cursada a esta DIRECCION NACIONAL por parte de la AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES con fecha 12 de febrero de 2010, y

CONSIDERANDO

Que, por conducto de la Ley Provincial Nº 14.044 se extendió la transferencia del crédito fiscal correspondiente al Impuesto a los Automotores a las Municipalidades de la Provincia de BUENOS AIRES, siendo ello aplicable respecto de los automotores modelo año 1998; cesión que originalmente fuera dispuesta por la Ley Provincial Nº 13.010 en relación a los vehículos modelo año 1977 a 1987.

Que oportunamente, mediante la Disposición D.N. Nº 402/03, se modificó la Disposición D.N. Nº 645/96, a fin de establecer el procedimiento administrativo a seguir por parte de los Registros Seccionales de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES respecto de los trámites de transferencia con cambio de domicilio o cambio de domicilio a la provincia de BUENOS AIRES referidos a los automotores modelo año 1977 - 1987.

Que posteriormente, en razón del dictado de las Leyes Impositivas Provinciales, se extendió la operatoria abarcando a los automotores modelo año 1988 a 1997.

Que en virtud de lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 14.044, resulta menester ampliar los alcances de la mencionada Disposición a fin de incorporar a los nuevos vehículos a la operatoria normada.

Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º, inciso c) del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º — Déjase sin efecto, a partir del 16 de febrero de 2010, respecto de los automotores modelo año 1998, el uso del formulario "13A" previsto en la Disposición D.N. Nº 645/96 aplicable en relación a los trámites de transferencia con cambio de radicación o cambio de radicación a la Provincia de BUENOS AIRES. La mencionada norma mantendrá plena vigencia respecto de las demás previsiones contenidas en la misma.

Art. 2º — A partir de la fecha mencionada en el artículo precedente, respecto de los trámites allí enunciados será obligatorio el uso del Formulario "31A".

Art. 3º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Miguel A. Gallardo.