MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1873/2009

Registros Nº 27/2010 y Nº 28/2010

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nº 1.337.406/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los Acuerdos suscriptos entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANONIMA, obrantes a fojas 23 y 24 respectivamente de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dichos Acuerdos las precitadas partes convinieron la prórroga de una suma no remunerativa por única vez y un incremento de carácter no remunerativo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 409/00 "E".

Que en relación al incremento convenido como no remunerativo desde junio de 2009 hasta septiembre de 2009, es dable reiterar, la firme decisión de esta Autoridad Laboral de propugnar a que en forma paulatina aquellas sumas de dinero que se perciben como no remunerativas sean transformadas a remunerativas, en procura de un mayor beneficio para los trabajadores afectados.

Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos los mentados acuerdos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 23 del Expediente Nº 1.337.406/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 24 del Expediente Nº 1.337.406/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los presentes Acuerdos, obrantes a fojas 23 y 24 respectivamente del Expediente Nº 1.337.406/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.337.406/09

Buenos Aires, 6 de enero de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1873/09, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 23 y 24 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 27/10 y 28/10 respectivamente. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Acta Acuerdo

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 18 días del mes de mayo de 2009, entre el Sindicato de Mecánicos y afines del Transporte Automotor, en adelante S.M.A.TA. por una parte, representada en este acto por los Sres., Mario Manrique, Ricardo Pignanelli, Gustavo Morán, Gustavo Echevarría, Daniel Cavagnino, Martín Miguel Loyola, Guillermo Trejo, David García, patrocinados por el Dr. Guillermo Morán, con domicilio en la calle Belgrano 665 Capital Federal y CAR-ONE S.A. por la otra parte, en adelante La Empresa, representada en este acto por los Sres Juan Gómez López, Hemán Leguizamón y el Dr. Daniel Jorge Fernández en su carácter de Director de Recursos Humanos y Apoderados de la Empresa respectivamente, con domicilio en la calle Lavalle 1206 1º "B" luego de un largo intercambio de opiniones acuerdan lo siguiente:

1) Con fecha diciembre del 2008, las partes suscribieron un acta acuerdo, por la cual en la cláusulas 1 y 2, de la misma, la Empresa otorgó una suma fija de carácter no remunerativo, por única vez, de Pesos, Doscientos $ 200,00.- para todas la categorías comprendidas en el CCT, Pagadera junto con la remuneración del mes de enero y febrero de 2009.

2) A pedido de S.M.A.T.A., la empresa acepta prorrogar dicho beneficio de otorgar una suma fija de carácter no remunerativo, por única vez, de Pesos Doscientos $ 200,00.- para todas la categorías comprendidas en el CCT, pagadero con la remuneración del mes de mayo de 2009.

3) Se firman tres de ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, que serán presentadas ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para su oportuna homologación.

Acta Acuerdo

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 12 días del mes de junio de 2009, entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, en adelante S.M.A.T.A. por una parte, representada en este acto por los Sres., Mario Manrique, Ricardo Pignanelli, Gustavo Morán, Gustavo Echevarría, Daniel Cavagnino, Martín Miguel Loyola, Guillermo Trejo, David García, patrocinados por el Dr. Guillermo Morán, con domicilio en la calle Belgrano 665 Capital Federal y CAR-ONE S.A. por la otra parte, en adelante La Empresa, representada en este acto por los Sres Juan Gómez López, Hernán Leguizamón y el Dr. Daniel Jorge Fernández en su carácter de Director de Recursos Humanos y Apoderados de la Empresa respectivamente, con domicilio en la calle Lavalle 1206 1º "B" luego de un largo intercambio de opiniones acuerdan lo siguiente:

1) Aplicar un 11% de aumento de carácter no remunerativo sobre los básicos vigentes del Convenio Colectivo Nº 409/00 "E", para las remuneraciones de los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2009, con un mínimo de aumento garantizado para todas las categorías de Pesos Doscientos $ 200.-

2) El 1º de octubre de 2009, se comienzan a discutir las condiciones salariales del convenio para el resto del año 2009.

3) Se firman tres de ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, que presentadas ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para su oportuna homologación.