MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 292/2010

Bs. As., 18/3/2010

VISTO el Expediente Nº 165.758/09-SSSalud, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del VISTO tramita el Convenio Marco a celebrarse entre la Universidad Tecnológica Nacional y esta Superintendencia de Servicios de Salud, cuyo objeto es profundizar la colaboración mutua entre las partes en aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines de los signatarios, o que permitan brindar un servicio a la comunidad de sus respectivas jurisdicciones o áreas de influencia.

Que la cláusula Cuarta del precitado Convenio Marco establece que: —Las tareas a las que dará lugar este convenio serán instrumentadas a través de convenios específicos...—, lo cual resulta coincidente con el Convenio sobre el Sistema Integral de Control Prestacional (SICP), que se propicia en los presentes actuados.

Que la implementación de dicho proyecto de informatización a ser desarrollado sobre la base de los objetivos de regulación, fiscalización y control de esta Superintendencia de Servicios de Salud, permitiría optimizar el funcionamiento operativo de este Organismo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y Nº 1034/09 P.E.N.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse los Proyectos de Convenio Marco y, Específico sobre el Sistema Integral de Control prestacional (SICP) a celebrarse entre la Universidad Tecnológica Nacional y la Superintendencia de Servicios de Salud, que forman parte integrante de la presente Resolución y, que se encuentran adjunto como Anexos I y II.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — Dr. RICARDO E. BELLAGIO, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

ANEXO I

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Y LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Entre la Universidad Tecnológica Nacional, con domicilio legal en la calle Sarmiento 440, Piso 6º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Rector Ingeniero Carlos Héctor BROTTO, DNI Nº 4.121.261, por una parte, en adelante "LA UNIVERSIDAD" y, la Superintendencia de Servicios de Salud, con domicilio legal en la Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 530, Piso 3º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Superintendente Dr. Ricardo E. BELLAGIO, DNI. Nº 14.441.307, en adelante "LA SUPERINTENDENCIA", por la otra parte, acuerdan celebrar el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto del presente convenio es profundizar la colaboración mutua entre las partes en aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines de los signatarios, o que permiten brindar un servicio a la comunidad de sus respectivas jurisdicciones o áreas de influencia.

SEGUNDA: A tal efecto podrán:

a. Brindar mutuo apoyo mediante asesoramiento y transferencia de información científica y técnica que dispusieran.

b. Integrar comisiones de trabajo para realizar estudios de interés común.

c. Realizar cualquier actividad de interés para las partes cuya finalidad sea de bien público o destinadas a solventar problemáticas de la Administración Pública en cualquiera de sus poderes o niveles o empresas nacionales.

d. Diseñar, desarrollar y evaluar programas de formación, capacitación y práctica profesionales de interés común.

La enumeración precedente es meramente enunciativa y no limita otras acciones que las partes entiendan de interés mutuo.

TERCERA: El personal afectado por cada una de las partes, mantendrá su situación de revista y dependerá económicamente de aquella que la haya designado.

CUARTA: Las tareas a las que dará lugar este convenio serán instrumentadas a través de convenios específicos, condicionados al cumplimiento de la normativa que regula la actividad de las Universidades Nacionales, en los que se establecerán los detalles de su realización para cumplir las finalidades de los mismos. Asimismo, queda establecido que los mismos se ajustarán al presupuesto que de común acuerdo determinen las partes por escrito antes del inicio de cada tarea o actividad.

QUINTA: Los resultados parciales o definitivos que se logren, podrán ser publicados o dados a conocer por cualquier medio, por las partes, conjunta o separadamente, con la sola condición de hacer constar que han sido elaboradas en el contexto del presente convenio.

SEXTA: En el caso que, como consecuencia de los trabajos realizados en virtud del presente convenio, se obtuvieran resultados utilizables comercialmente o que constituyeran fuentes de recursos económicos, su utilización será motivo de un convenio especial que establezca las obligaciones recíprocas y los beneficios respectivos.

SEPTIMA: La suscripción del presente convenio no significa un obstáculo para que las partes puedan concretar convenios similares con otras instituciones o entidades interesadas en fines análogos.

OCTAVA: "LA UNIVERSIDAD" y "LA SUPERINTENDENCIA" observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, teniendo en cuenta que la finalidad de este convenio tiende a beneficiar el desarrollo de sus actividades, por lo que la labor por realizar deberá ser un ejemplo de buena voluntad y coordinación de esfuerzos.

NOVENA: El presente convenio tendrá una duración de dos (2) años a partir de la firma por las autoridades competentes de cada una de las partes, y se considerará automáticamente prorrogado por sólo otro período igual si antes de su vencimiento ninguna declara su voluntad en contrario. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá denunciar el convenio aún sin expresión de causa, mediante comunicación escrita a la otra con 60.- (sesenta) días de anticipación, sin que esta decisión genere derecho a reclamar indemnización de ninguna especie y sin que ello afecte la vigencia de los convenios específicos que se encuentren en ejecución y tengan asegurado su financiamiento.

DECIMA: A todos los efectos legales las partes constituyen domicilio especial en los denunciados en el encabezamiento del presente y fijan la competencia del Fuero Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dilucidar todos aquellos temas que previamente no hayan podido ser superados mediante la buena voluntad y predisposición de las autoridades de ambas partes.

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, al 1er. día del mes de marzo de dos mil diez.

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL Y LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

"Sistema Integral de Control Prestacional - SICP"

Entre la Universidad Tecnológica Nacional, con domicilio legal en la calle 60 esquina 124 de la Ciudad de Berisso, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Decano de la Facultad Regional La Plata de la UTN, Ingeniero Carlos Eduardo FANTINI, LE Nº 5.390.238, por una parte, en adelante "LA UNIVERSIDAD" y, la Superintendencia de Servicios de Salud, con domicilio legal en la Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 530, Piso 3º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Superintendente Dr. Ricardo E. BELLAGIO, DNI. Nº 14.441.307, en adelante "LA SUPERINTENDENCIA o SSS", por la otra parte, acuerdan celebrar el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: Consideraciones Preliminares

El presente Convenio se realiza conforme lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del Convenio Marco entre la Universidad Tecnológica Nacional y la Superintendencia de Servicios de Salud. SEGUNDA: Objeto

El objeto del presente convenio consiste en el análisis, desarrollo, implementación y puesta en marcha de un sistema que permita automatizar los circuitos administrativos entre los prestadores y la Superintendencia de Servicios de Salud y, las obras sociales y la Superintendencia de Servicios de Salud, en relación al área prestacional.

TERCERA: Objetivos

Objetivo Primario: Desarrollar e implantar una solución informática que permita automatizar los circuitos administrativos entre los prestadores y la SSS y las obras sociales y la SSS, en relación al área prestacional.

Objetivo Secundario: Establecer una infraestructura informática que permita a la SSS no sólo cumplir con el objetivo del presente proyecto, sino conformar una base sólida y tecnológicamente avanzada que permita el crecimiento de los sistemas informáticos orientados a facilitar las actividades de fiscalización y control para las cuales el organismo fue creado.

CUARTA: Tecnología

Los diferentes módulos se desarrollarán según los siguientes esquemas:

Poseerá un front-end (micro-sitio Web emvebida en la intranet) para los usuarios internos de la SSS participantes en cada trámite; y otro para el seguimiento por parte de los presentantes o usuarios externos (micro-sitio Web embebido en la Web Institucional).

Un Administrador de Servicios WEB: que permita monitorear en tiempo real la ejecución de los servicios web, activarlos o suspenderlos, y que provea información sobre utilización, picos de uso, usuarios, relaciones, cuellos de botella, sincronismo.

Se trabajará mediante la metodología de programación extrema, con el fin de lograr que el usuario participe activamente del proyecto y asegure así el éxito del mismo, orientada a objetos en 3 capas.

Se adoptará SOA como arquitectura tecnológica basada en la desagregación de servicios, promoviendo la reutilización de componentes, para simplificar los procesos de negocio.

Se utilizará como lenguaje de desarrollo Asp. Net. y como motor de base de datos se trabajará con Informix o Postgres, a determinar por la SSS.

QUINTA: Definición del Sistema

Los subsistemas administrativos que deberán desarrollarse e implantarse constan en su mayoría de trámites que son presentados ante la SSS por actores externos a ella (como lo son prestadores del Sistema Nacional del Seguro de Salud u obras sociales), y que siguen un circuito interno, muchas veces soportado en un expediente con el objetivo de obtener un acto resolutivo por parte del organismo, como puede ser una inscripción o un certificado.

Para aquellos trámites que se siguen en un expediente, el nuevo sistema debe integrarse, en forma transparente para el usuario, con el actual sistema de Seguimiento de Expedientes del organismo, que se trata de un desarrollo propio, funcionalmente correcto y que ha sido migrado recientemente a una base de datos PostgreSQL.

En los casos que se requieran presentaciones de documentación formal, el nuevo sistema debe interactuar con un sistema de digitalización documental, que será provisto por la Subgerencia de Informática de la SSS.

SEXTA: Necesidades de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS)

En este proyecto se describen las actividades que permitirán implantar los siguientes módulos del sistema en las siguientes áreas de la Superintendencia de Servicios de Salud:

Registro de Prestadores Profesionales y Establecimientos — Gerencia de Asuntos Jurídicos

Registro Nacional de Obras Sociales — Gerencia de Asuntos Jurídicos

Registro de Contratos — Gerencia de Control Prestacional

PMA — Gerencia de Control Prestacional

Cartillas — Gerencia de Control Prestacional

Adherentes — Gerencia de Control Prestacional

Programas de prevención y planes — Gerencia de Gestión Estratégica

Información de gestión. Tablero BI.

A continuación se realiza una descripción inicial de cada uno de los subsistemas a desarrollar e implantar.

Los presentes requerimientos serán convalidados mediante las tareas de relevamiento, y podrá redefinirse el alcance del sistema, modificando el presupuesto oportunamente realizado o, la implementación de un Anexo complementario, el cual deberá ser aprobado por la Superintendencia de Servicios de Salud previamente.

Registro de Prestadores Profesionales y Establecimientos — Gerencia de Asuntos Jurídicos

Objetivo: Registrar los datos de los prestadores profesionales y establecimientos que prestan servicios a las obras sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Referencia Normativa: Res. Salud 365/02, 194/01

Estructura de Datos Básica: Cuil o Cuit del Prestador, Sede (sólo para establecimientos), Especialidad o Tipo de Establecimiento, ámbito de actuación, capacidad instalada (sólo para establecimientos) código de prácticas que esta habilitado a brindar1.

En cuanto a los establecimientos se registrarán, entre otros el tipo de establecimiento, directores o autoridades, domicilio, ubicación geográfica. En relación a los profesionales serán relevantes los datos identificatorios personales; así como especialidad y matriculaciones profesionales.

El subsistema consta de la presentación de la documentación respaldatoria necesaria (que será digitalizada) y de la emisión de un certificado de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores. Existe actualmente un sistema de registro que será reemplazado por la solución que es objeto de este proyecto, por lo que se deberá contemplar un proceso de migración de datos.

Los servicios web a disponibilizar por este subsistema serán dirigidos a las obras sociales, con el fin que pueden determinar la habilitación de un prestador al momento de otorgar la prestación.

Será de uso interno (empleados de la SSS) y externo ().

Registro Nacional de Obras Sociales — Gerencia de Asuntos Jurídicos

Objetivo: Registrar los datos de las obras sociales del Sistema, su estado, sus estatutos, autoridades, ámbito de actuación, tipos de beneficiarios que son atendidos, su participación en el sistema de libre opción de obras sociales, etc.

Referencia Normativa: Ley 23.660 y modificatorias

Estructura de Datos Básica: Código de RNOS, Cuit, ámbito de actuación a nivel localidad, población objetivo (beneficiarios en relación de dependencia, monotributistas, jubilados (todos o de su actividad), españoles), vigencia, autoridades vigentes, estatutos.

Deberá vincularse con el sistema de expedientes en cuanto a todas las actuaciones presentadas por las obras sociales con el fin de registrar y/o modificar los datos registrales y con el sistema de digitalización en cuanto sea definido por los referentes funcionales de las áreas usuarias.

Existe actualmente un sistema que registra parcialmente la información, por lo que será necesario un proceso de migración de datos.

Registro de Contratos — Gerencia de Control Prestacional

Objetivo: Registrar los contratos celebrados entre los prestadores y las obras sociales o del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Referencia Normativa: Res. 365/02 y 194/01. Contratos celebrados con prestadores farmacéuticos

(Ley de genéricos Nº 25.649, Res 468/05, 94/06 310/04)

Estructura de Datos Básica: Vigencia, RNOS, CUIT Prestador, Sede (para establecimientos), ámbito de cobertura del contrato, nómina de prácticas a cubrir por el prestador en el ámbito declarado (para cada práctica se deberá especificar su código de acuerdo al nomenclador que se haya elegido), complejidad, modalidad de contratación, modalidad de pago, tipo de renovación, valorización unitaria de cada prestación.

Los contratos son presentados por las obras sociales mediante un expediente y sometidos a controles en las Gerencias de Control Prestacional y Asuntos Jurídicos. Independientemente de la documentación formal y legal provista por la obra social, deberá solicitarse la presentación de los datos de los contratos en forma digital.

Deberá registrarse la vigencia, el estado, la modalidad (por prestación o capitado, monto fijo o modulado), los montos, y todo otro dato que surgiera del relevamiento.

No existe el sistema informatizado en la actualidad.

PMA — Gerencia de Control Prestacional

Objetivo: Registrar la presentación de las obras sociales de los planes médicos-asistenciales (PMA) y la aprobación por parte de la SSS.

Referencia Normativa: Res. 83/07, 331/04, 170/09

Estructura de datos básica: código de RNOS, ámbito de cobertura, especialidad, CUIL/CUIT del prestador contratado, nómina de prácticas a cubrir.

Cartillas — Gerencia de Control Prestacional

Objetivo: Registrar la presentación de las obras sociales de las cartillas y su aprobación por parte de la SSS.

Referencia Normativa: Res. 76/98, 579/06

Estructura de datos básica: RNOS, ámbito de cobertura, especialidad, CUIL/CUIT del prestador contratado, vigencia y prácticas.

Programas de Prevención y Planes — Gerencia de Control Prestacional

Objetivo: Registrar los planes de prevención, superadores, de adherentes, monotributistas y de jubilados.

Registrar la aprobación o denegación de los planes superadores y de adherentes.

Referencia Normativa: Planes Superadores (Res. 195/98), Planes Adherentes (Res. 490/90, 218/07), Planes Monotributistas (Res. 576/04), Planes Jubilados (Res. 3203/95), Programas de Prevencion (Res. 83/07).

Estructura de datos básica de planes de prevención: población objetivo (edad y sexo), tipo de programa (son 5), ámbito de aplicación, población bajo programa nominado, código de actividad a realizar, resultados obtenidos en lapso de tiempo (esto requerirá de una clasificación previa de actividades y sistemas de evaluación de resultados según el tipo de programa que se trate).

Información de gestión. Tablero BI.

En función a la información que será recolectada luego de la implantación de los subsistemas mencionados, y en base a los datos actualmente residentes en la SSS, los tableros a construir mediante la herramienta BI provista por la SSS deberán brindar la siguiente información:

Rankings de obras sociales según diferentes criterios: cumplimiento de normativas, prestaciones ofrecidas, cobertura regional, etc.

Reporte del gasto por obra social y por zona en función de los contratos de cobertura celebrados.

Mapas de cobertura de prestadores por especialidad y obra social incluyendo poblaciones objetivo de cada región.

Reporte de recursos y equipamientos instalados en el ámbito de la seguridad social.

Consultas acerca de la disponibilidad de prestadores habilitados para dar una prestación.

Consultas por zona geográfica de la nómina de prestadores habilitados para dar una prestación.

Consultas y reportes acerca de la vigencia de los contratos celebrados con los prestadores a través de los datos informados en la Cartilla.

Reportes de cumplimiento de las presentaciones de documentación de la Obra Social.

Reporte de incumplimientos de los prestadores en relación con el ámbito de su matrícula profesional relacionada con la especialidad y/o la jurisdicción.

———

1 Para los profesionales este detalle estaría dado a través de la especialidad que declara el profesional.

Informes de factibilidad de cobertura (cumplimiento de contratos celebrados y de los planes ofrecidos) por zona geográfica.

Reportes de capacidad de pago de las obras sociales para dar cumplimiento a los contratos celebrados con sus prestadores.

Alertas de auditorías prestacionales tanto en las obras sociales como en los prestadores. SEPTIMA: Etapas de implementación del proyecto

1.- Relevamiento: Para esta etapa se establecerá un cronograma de entrevistas de común acuerdo entre ambas partes. El relevamiento durante el cual se capturarán los requerimientos demandará aproximadamente 30 días.

Teniendo a disposición "full-time" los referentes funcionales de cada sector involucrado. Consideramos necesario como mínimo 3 reuniones semanales para realizar el relevamiento (entrevistas).

2.- Análisis y Diseño: 60 días

3.- Desarrollo del sistema: 180 días

Registro de Prestadores Profesionales y Establecimientos — Gerencia de Asuntos Jurídicos Registro Nacional de Obras Sociales — Gerencia de Control Prestacional

Registro de Contratos — Gerencia de Control Prestacional

PMA — Gerencia de Control Prestacional

Cartillas — Gerencia de Control Prestacional

Adherentes — Gerencia de Control Prestacional

Programas de prevención y Planes

Implementación y puesta en marcha del sistema: 15 días.

Traspaso: 30 días. En esta etapa se capacitará al personal de la SGI que realizará el mantenimiento de las aplicaciones.

Información de gestión. Tablero BI: 45 días

OCTAVA: Seguridad

En cuanto a los aspectos de seguridad, la aplicación se integrará con los mecanismos de autenticación y validación que actualmente utilizan los sistemas desarrollados por la SGI: una DLL de Seguridad que auténtica los usuarios de dominio y verifica el perfil del usuario para cada uno de los sistemas.

En relación con la autenticación de los usuarios externos, se priorizará mantener la metodología que actualmente utilizan para ingresar a las consultas y operaciones disponibles desde la página web del organismo, con el objetivo de no cambiar los circuitos de obtención y modificación de usuarios.

NOVENA: Migración de datos del sistema actual

La migración de datos será posible, siempre y cuando los datos cumplan con los siguientes requisitos:

Que se encuentren en formato digital.

Que sean de interés para el sistema.

Que los datos que se migren tengan compatibilidad y/o resulten fácilmente adaptables con la estructura de la base de datos que se generará para el sistema.

Que tengan una estructura de almacenamiento del tipo fila-columna.

En caso de no cumplirse algunas de estas pautas, y se desee realizar dicha migración, la Universidad Tecnológica Nacional procederá a presupuestarla por separado.

DECIMA: Recursos disponibles

La Facultad Regional La Plata, a través del LINES (Laboratorio de Ingeniería en Sistemas de Información) pondrá a disposición un grupo de Ingenieros en Sistemas para la realización de dicho sistema. Ese grupo de Profesionales posee más de 15 años de experiencia en el desarrollo de sistemas similares características ponderando sus trabajos diferentes firmas e instituciones.

DECIMOPRIMERA: Modalidad y Metodología de Trabajo

Organización de los equipos de Trabajo

DECIMOSEGUNDA: Estructura Organizacional

Los distintos integrantes del equipo del proyecto tendrán las siguientes responsabilidades principales:

La asignación de quienes ocuparan los siguientes roles, será responsabilidad de las áreas ejecutivas participantes de acuerdo a las misiones y funciones.

Director de proyecto:

Tiene la total responsabilidad política y técnica del proyecto. Podrá tornar decisiones acerca de los aspectos técnicos, políticos y financieros durante el transcurso del proyecto.

Controla el avance del proyecto a partir de los informes de avances presentados por el líder del proyecto.

Deberá aprobar la carpeta del proyecto (previo al inicio del proyecto).

Deberá asegurar la asignación de recursos (aprobados en el proyecto).

Deberá decidir sobre cualquier cambio crítico que suceda en lo planificado.

Deberá reunirse y tener comunicación continua y directa con el Líder del Proyecto.

Deberá designar un referente, que atenderá las solicitudes del Líder del proyecto.

Líder de proyecto:

Cantidad asignada 2

Debe dirigir el equipo de que dispone para alcanzar los objetivos del proyecto. Más concretamente, podemos destacar las siguientes funciones específicas:

Colaboración con el director en la definición y concreción de los objetivos del proyecto.

Planificación del proyecto en todos, sus aspectos, identificando las actividades a realizar, los recursos a poner en juego, los plazos y los costos previstos.

Dirección y coordinación de todos los recursos empleados en el proyecto.

Mantenimiento permanente de las relaciones externas del proyecto: usuarios, proveedores, otras gerencias, etc.

Toma de decisiones necesarias para conocer en todo momento la situación en relación con los objetivos establecidos.

Adopción de las medidas correctoras pertinentes para poner remedio a las desviaciones que se hubieran detectado.

Responder ante el director de la consecución de los objetivos del proyecto.

Proponer, en su caso, modificaciones a los límites u objetivos básicos del proyecto cuando ocurran circunstancias que así lo aconsejen.

Participará en las reuniones del equipo del proyecto, presentando los avances y estados de las tareas asignadas.

Presentará el estado de avance del proyecto al Director del proyecto.

Analista de BI (nivel experto):

Cantidad asignada: 2 full time, 2 "part time" (pertenecientes a la SGI).

Participará junto con los analistas funcionales en la confección de aplicaciones de BI que aseguren la determinación de los requerimientos específicos a solicitar / incluir en la organización.

Debe colaborar en la definición y concreción de los objetivos del proyecto.

Participará en la definición de requerimientos funcionales.

Deberá mantener reuniones con los analistas funcionales y las áreas técnicas específicas, y generará las minutas correspondientes.

Diseño de interfaces de presentación.

Diseño de métodos de distribución.

Deberá respetar el cronograma y tareas solicitadas por el Líder del Proyecto.

Presentará la documentación para su aprobación. (Esquema de Modelo de Datos, definición de los orígenes de datos).

Referente Funcional (Cliente Responsable):

Cantidad asignada 2 "part time" por gerencia usuaria, total 6

Representará a un conjunto de usuarios, debe atender los requerimientos de los miembros del equipo, a fin de definir, probar (test) y aprobar los requerimientos funcionales necesarios.

Participará junto a los analistas (funcional/BI) en la confección de prototipos que aseguren la determinación de los requerimientos específicos a solicitar / incluir en la organización.

Debe colaborar en la definición y concreción de los objetivos del proyecto.

Participará activamente en la definición de requerimientos funcionales, junto al analista funcional. Facilitará la obtención de información a los analistas funcionales.

Deberá participar en la construcción y uso de prototipos que aseguren las definiciones funcionales necesarias.

Deberá respetar el cronograma y tareas solicitadas por el Líder del Proyecto.

Analistas programadores de .NET:

Cantidad asignada 10 "full time", 2 "part time" (pertenecientes a la SGI)

A partir de las Historias de los usuarios (clientes), el equipo de desarrollo será el encargado de realizar las tareas de ingeniería y los spike correspondientes a cada historia, escribir el código que cumpla con las historias de los usuarios confirmándola por medio de las pruebas de aceptación creadas por los mismos usuarios.

Debe colaborar en la definición y concreción de los objetivos del proyecto.

Participarán en las tareas de ingeniería.

Participaran en la creación de tarjeras CRC.

Codificará para cumplir con los objetivos definidos.

Participarán las tareas de test de aceptación.

Participarán las tareas de test funcionales.

Participarán tareas de refactorización del software.

Deberá mantener reuniones con los Usuarios designados y con los miembros del equipo. Participará en la redacción de la planificación de cada proyecto.

Deberá respetar el cronograma y tareas solicitadas por el Líder del Proyecto.

Presentará la documentación para su aprobación. (Modelo de datos, Modelo Funcional y Tarjeta CRC)

Administradores de base de datos (DBAs):

Cantidad asignada 1 "full time"

Estarán a cargo de implementar los modelos lógicos de datos a partir de los requerimientos funcionales, participaran activamente en el diseño de los modelos a analizar, proponiendo distintos modelos a implementar y estrategias de optimización en el acceso a los datos, administración global de metadatos, procesos de back-up, recuperación, etc....

Trabajarán junto a todos los miembros del equipo del desarrollo.

Debe colaborar en la definición y concreción de los objetivos del proyecto.

Implementará los modelos (lógicos-físicos).

Deberá participar de las reuniones de avance.

Deberá respetar el cronograma y tareas solicitadas por el Líder del Proyecto.

Presentará la documentación para su aprobación.

Administradores de Seguridad:

Cantidad asignada 1, "part time" (perteneciente a la Subgerencia de Informática)

Se responsabilizará de asegurar el nivel de servicio de los sistemas de comunicaciones y de seguridad informática, garantizando la conectividad y la protección de los sistemas de información del Organismo.

Estará bajo su responsabilidad el Mantenimiento de las infraestructuras tecnológicas necesarias para asegurar el nivel de seguridad adecuado para los servicios, ejecución de revisiones internas de los sistemas de seguridad, monitorización y análisis de eventos y anomalías de sistemas y comunicaciones, y mantenimiento de documentación y registros de la infraestructura de seguridad.

Deberá asegurar la no vulnerabilidad de la red frente a posibles ataques, internos o externos.

Deberá configurar el software de los sistemas de comunicaciones del organismo.

Deberá asegurar el nivel adecuado de comunicaciones según las necesidades, proponiendo las mejoras que sean necesarias llevar adelante en los sistemas actuales para alcanzar dicho nivel.

Deberá colaborar con el presente proyecto en realizar un análisis de riesgo de la arquitectura propuesta, proponiendo las mejoras que considere necesarias para alcanzar los niveles de seguridad requeridos por la SG1 de la Salud.

Administrativo:

Cantidad asignada 1, "full time"

Colaborará con los líderes de proyectos y analistas en mantener la documentación del proyecto ordenada y actualizada.

Asistirá a los integrantes del proyecto coordinando las reuniones que sean necesarias para la consecución de las diferentes tareas.

DECIMOTERCERA: Plazo de Ejecución

El tiempo de entrega del sistema será de 365 días, sujetos al Análisis Final que corroborará o extenderá dicho plazo. El plazo de entrega se contempla a partir de la finalización y aceptación del análisis final.

DECIMOCUARTA: Pruebas

A partir de la entrega definitiva de los diferentes módulos la SSS tendrá 30 días para realizar sus pruebas, siempre contando con nuestro asesoramiento permanente.

DECIMOQUINTA: Garantías por errores de Desarrollo

Se estipula un período de 180 días a partir de la Puesta en Marcha del Sistema.

Dicha garantía queda expresamente reservada para posibles errores de desarrollo según lo establecido en las Definiciones del Sistema.

DECIMOSEXTA: Manuales

Se entregará un instructivo de uso, el cual estará destinado al usuario final de dicho Sistema.

DECIMOSEPTIMA: Mantenimiento

Durante el Período de Garantía se proveerá del personal necesario para el soporte de dicho sistema para solucionar posibles errores de desarrollo según lo establecido en las Definiciones del Sistema.

El personal concurrirá a resolver los problemas presentados o lo resolverá en forma remota.

De ser requerido se estipulará un costo del mantenimiento y/o nuevos desarrollo, una vez culminado la Implementación final del Sistema.

Para el mantenimiento in-situ, las partes acordarán los costos de enviar a la o a las personas responsables de dicha tarea.

DECIMOCTAVA: Programas Fuentes

Se entregarán los documentos fuentes a la Superintendencia de Servicios de Salud, haciendo reserva de que los mismos solo son para su uso interno.

DECIMONOVENA: Instalación de la Red Informática

El presente contrato no contempla el armado, instalación y puesta en marcha de la Red LAN necesaria para el funcionamiento de dicho sistema. En caso de ser necesario se proveerá apoyo de consultoría para definir en forma detallada el pedido de equipamiento para el armado de dicha Red. VIGESIMA: PRECIO El precio total será de: $ 871.700.- (Pesos ochocientos setenta y un mil)

VIGESIMAPRIMERA: Forma de pago

La forma de pago será a mes vencido en diez (10) cuotas, previo informe de avance conformado por la Superintendencia de Servicios de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:

VIGESIMA SEGUNDA: A todos los efectos legales las partes constituyen domicilio especial en los denunciados en el encabezamiento del presente y fijan la competencia del Fuero Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dilucidar todos aquellos temas que previamente no hayan podido ser superados mediante la buena voluntad y predisposición de las autoridades de ambas partes.

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, 1er. día del mes de marzo de dos mil diez.

e. 25/03/2010 Nº 28984/10 v. 25/03/2010