MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1749/2009

Registro Nº 1486/2009

Bs. As., 11/12/2009

VISTO el Expediente Nº 1.309.973/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 53 del Expediente Nº 1.309.973/09 obra el Acuerdo, celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS por la parte gremial y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio del referido Acuerdo, las partes convienen abonar a todo el personal incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 527/08 una suma fija de carácter no remunerativo y por única vez de SEISCIENTOS PESOS ($ 600) con los plazos de pago, prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las suscriptoras del Acuerdo, son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 527/08.

Que se ha acreditado en autos la personería invocada por ambas partes y su capacidad para negociar.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la Cámara empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal en torno a lo solicitado, destaca que a los fines homologatorios pretendidos se encuentran cumplimentados los requisitos de forma y fondo previstos en el Artículo 4 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE PRODUCTOS ABRASIVOS a foja 53 del Expediente Nº 1.309.973/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 53 del Expediente Nº 1.309.973/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 527/08.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.309.973/09

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1749/09, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 53 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1486/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de mayo de 2009, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 527/08 (C.C.T. Nº 527/08), en la sede de la Cámara Argentina de Fabricantes de Productos Abrasivos, sita en avenida Leandro N. Alem 1067, piso 13, oficinas 43 a 45, de esta ciudad, representada por el señor Rubén Omar Apolonio y los Dres. Jorge Luis Bortolotti y Miguel Angel Sardegna, y los señores Blas Juan Atari, José R. Luque, Alberto Porto, Jorge O. Lires, Francisco V. Romero, Luis E. Franco y Miguel A. Infanzón, en representación de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos. Ambas partes manifiestan que, en el marco del convenio colectivo de trabajo premencionado, han acordado que:

1) Las empresas abonarán a todo el personal incluido en el C.C.T. Nº 527/08 una suma fija de carácter no remunerativo y por única vez de $ 600 (pesos seiscientos), que se pagará de la siguiente forma: $ 400 (pesos cuatrocientos) en la semana del 11 al 16 de mayo de 2009, y $ 200 (pesos doscientos) junto con el pago de los haberes correspondientes a la segunda quincena del mes de mayo de 2009.

2) Las empresas tomarán a su cargo el pago de los aportes y contribuciones relacionados estrictamente con la Obra Social del Personal del Papel, Cartón y Químicos, tanto propias como correspondientes a los trabajadores beneficiados, por la suma establecida en el punto anterior, como si se tratase de un rubro remunerativo, exclusivamente para este concepto.

3) Asimismo, las partes acuerdan continuar con las negociaciones para la renovación de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 527/08, que tendrá vigencia a partir del 1º de junio de 2009; queda establecido que las pautas salariales y todo otro rubro económico que se acuerden en el marco de dicha renovación, tendrán vigencia hasta el 28 de febrero de 2010, reabriéndose a partir del 1º de marzo de 2010 las negociaciones sobre las mismas.

Las partes establecen que el presente acuerdo será de aplicación inmediata a su firma, suscribiéndose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, para ser elevado a la autoridad nacional de aplicación, a los efectos de su homologación.